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Corte Suprema

TORRES, JUAN NICOLAS c/ COTO C.I.C. S.A. s/DESPIDO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Coto Centro Integral de Comercialización S.A. en el juicio por despido promovido por Juan Nicolás Torres. Dejó sin efecto la sentencia de la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y remitió los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a los precedentes Oliva y Lacuadra.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 043125/2018/CS001
Despido Recurso extraordinario Actas 2764/2022 y 2783/2024 Camara nacional de apelaciones del trabajo Precedente oliva Precedente lacuadra Costas por su orden Art. 68 cpccn Reenvio para nuevo pronunciamiento.

¿Quién es el actor?

Juan Nicolás Torres.

¿A quién se demanda?

Coto Centro Integral de Comercialización S.A. (Coto C.I.C. S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por despido.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, con el alcance indicado. Las costas se impusieron por su orden en atención a la índole de la cuestión planteada (art. 68 in fine del CPCCN). Se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento conforme al presente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación de las actas 2764/2022 y 2783/2024 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en los pronunciamientos dictados por esta Corte en las causas 'Oliva' y 'Lacuadra' (Fallos: 347:100 y 347:947), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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