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Instancia unica administrativa

Guerrero Manuel s/ recurso de apelación

La condonación de multas prevista en la ley 27.743 procede cuando la obligación sustancial tributaria fue regularizada mediante pago al contado o plan de facilidades de pago conforme a los términos establecidos y antes de que la sanción sea firme.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TFN - Sala D
Fuero
TRIBUTARIO
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
EX-2025-63363704-APN-SGAI#TFN
Ganancias Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó el recurso de apelación contra una multa aplicada por omisión en el impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2022. El caso involucra la presentación de una declaración jurada original y una declaración rectificativa voluntaria antes de cualquier insinuación de ajuste por parte de la fiscalización, y la posterior cancelación total de la deuda mediante pagos y plan de facilidades de pago. Se examinó la procedencia de la condonación de la multa conforme a lo previsto en la ley 27.743 y su reglamentación, especialmente en relación con los requisitos para regularizar obligaciones sustanciales vencidas y canceladas dentro de determinados plazos. El Tribunal consideró aspectos vinculados a la naturaleza técnica de las diferencias en la valuación de bienes, la ausencia de dolo o intención de perjudicar al fisco, la vigencia y forma de cancelación de la deuda, además de la extinción de la acción penal asociada al caso.

Leyes que cita

  • Ley 27.743Medidas fiscales paliativas y relevantes

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