JurisprudenciaARG
Instancia unica administrativa

NESTLE ARGENTINA S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación

Los cánones y derechos de licencia sólo deben añadirse al valor en aduana si están relacionados con las mercancías valoradas, constituyen una condición de venta y su importe no está incluido en el precio pagado o por pagar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TFN - Sala F
Fuero
ADUANERO
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
36.869-A
Competencia Costas Valor en aduana

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un ajuste de valor en aduana efectuado sobre mercaderías importadas en el período 2007, centrado en la inclusión de regalías pagadas bajo un contrato de licencia como parte del valor en aduana. La controversia giró en torno a si las regalías debían sumarse al precio declarado de las mercaderías en virtud del Acuerdo de Valor del GATT, considerando si esos cánones constituían una condición de venta de las mercancías importadas y si su monto estaba incluido en el precio pagado o por pagar. Se examinaron los contratos de licencia y transferencia de tecnología, la relación entre regalías y productos importados, la libertad en la elección de proveedores y la metodología de cálculo del ajuste realizada por la autoridad aduanera. El Tribunal evaluó los requisitos legales y doctrinarios para efectuar ajustes por cánones y derechos de licencia, la validez formal y motivacional del acto administrativo, y la aplicación de estándares internacionales y jurisprudenciales sobre valoración aduanera.

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