Sentencia TFN INLEG-2026-46520401-APN-VOCXX#TFN
La validez de la autorización administrativa para exportar un producto con prohibición relativa debe considerarse en función del momento de oficialización de la destinación de exportación y no exclusivamente según la fecha en que se consume el embarq
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución de la Aduana que sancionó con multa por presunta declaración inexacta relacionada con la exportación de nafta petroquímica. La controversia gira en torno a la validez temporal de una constancia de registro emitida por la Secretaría de Energía, requisito previo para la exportación según la normativa vigente, y si la demora en el embarque que extendió la operación al mes siguiente invalidó la autorización y configuró una exportación prohibida. Se examinaron las disposiciones administrativas aplicables, la naturaleza de la prohibición como relativa y económica, la prueba documental y probatoria respecto a la extensión de la vigencia del certificado y las circunstancias operativas que causaron la demora. El Tribunal consideró la pertinencia del momento de oficialización de la destinación versus la fecha efectiva de embarque, así como la consecuencia jurídica de la extensión posterior otorgada por la autoridad competente.
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