LECITO GUSTAVO MARTÍN c/DGA s/ RECURSO DE APELACIÓN
Para configurar la infracción de contrabando menor prevista en el artículo 947 del Código Aduanero, es necesario que la conducta se encuadre en alguna de las figuras típicas del contrabando establecidas en los artículos 863, 864 o 865 del mismo Códig
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que condenó a un individuo por la comisión de una infracción aduanera tipificada como contrabando menor. La controversia gira en torno a la correcta calificación de la infracción, cuestionándose si la conducta imputada corresponde al contrabando menor previsto en el artículo 947 del Código Aduanero, que requiere la existencia de mercadería oculta y no declarada cuyo valor sea inferior a un monto determinado. Los hechos relevantes incluyen la detección de mercadería oculta en el equipaje del imputado durante un control aduanero, la declaración de la mercadería y la cuantía y naturaleza de los bienes involucrados. Se examinaron aspectos formales y materiales relacionados con la tipificación legal aplicable, la necesidad de encuadrar la conducta en los supuestos legales de contrabando, y la interpretación de los artículos del Código Aduanero vinculados al contrabando simple, agravado y al contrabando menor, en especial la relación entre estos tipos y el valor de la mercadería. El Tribunal evaluó también la insuficiencia probatoria y las alegaciones sobre el grado de ocultamiento y transparencia en la declaración.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.