ARGOCEAN S.A. c/DGA s/Apelación
Para fines fiscales en el régimen de removido, se considera válida la cantidad declarada siempre que la diferencia no supere una tolerancia del 0,6% establecida por normativa administrativa referente a mediciones de líquidos a granel.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un reclamo tributario derivado de una diferencia entre las cantidades declaradas y las efectivamente descargadas de gas oil en una operación de removido, donde el Servicio Aduanero impugnó la carga basada en un faltante que superaba la tolerancia legal estipulada. La controversia giró en torno a la correcta medición de volumen y peso, el uso de unidades de medida (litros versus kilogramos), y la validez de las densidades aplicadas para el cálculo del peso del producto transportado. El Tribunal examinó la normativa aduanera aplicable, en especial las tolerancias permitidas por resolución administrativa, y evaluó informes periciales que cuestionaban las mediciones oficiales, tomando en cuenta diferencias técnicas en densidad y procedimientos de medición, para determinar si existía un faltante que justificara la exigencia tributaria.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.