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Instancia unica administrativa

QUINTANA, LISANDRO ANIBAL s/recurso de apelación

El Tribunal Fiscal puede intimar al recurrente o demandante a subsanar defectos formales en la presentación bajo apercibimiento de tener por no presentado el recurso si no se cumplen dichos requerimientos dentro del plazo fijado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TFN - Sala A
Fuero
TRIBUTARIO
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
EX-2026-37213891-APN-SGAI#TFN
Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución que aplicó una multa en materia impositiva, en la que el recurrente no cumplió con las intimaciones formuladas por el Tribunal para subsanar defectos formales en la presentación, específicamente para acompañar la resolución apelada y subsanar el formulario requerido. Se evaluó la procedencia de tener por no presentado el recurso conforme a lo establecido en el Reglamento de Procedimiento, tomando en cuenta los plazos otorgados y el incumplimiento del recurrente, además de las repercusiones en cuanto a la imposición o no de costas. El Tribunal examinó las normas reglamentarias aplicables, los requisitos formales para la admisibilidad del recurso y la interpretación de los alcances de las intimaciones previas al trámite.

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