INVAP S.A.U.
El amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando exista una demora excesiva en la resolución de trámites aduaneros que cause un perjuicio claro al recurrente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto contra la demora excesiva en la resolución de un procedimiento de repetición relacionado con la devolución de suma abonada por tasa de estadística en importaciones aduaneras. El Tribunal examinó los plazos legales previstos en el Código Aduanero y normativa complementaria para determinar la procedencia del amparo por demora injustificada en la tramitación del expediente. Además, se valoró la ocurrencia de notificación de una resolución definitiva posterior a la presentación del amparo y su impacto en la continuidad del proceso. Se consideraron las implicancias legales del dictado y notificación de la resolución administrativa, la configuración del perjuicio por demora y la eventual extinción del objeto del amparo con la resolución del procedimiento subyacente.
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