INTERCARGO EXPRESO S.A. S/ INCIDENTE DE BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El beneficio de litigar sin gastos procede sólo ante una situación de pobreza o insuficiencia económica severa, y no ante meras dificultades financieras o contingencias propias del riesgo empresario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Incidente de beneficio de litigar sin gastos promovido por una sociedad comercial en el marco de un proceso aduanero vinculado con un cargo de la Aduana de Concordia y con la exigencia de tasa de actuación prevista por la Ley 25.964; se debate la acreditación de insuficiencia patrimonial para afrontar costas y gastos del proceso, el alcance del instituto respecto de personas jurídicas dedicadas al comercio, la incidencia de dificultades financieras propias del giro empresario, la aplicación de la reducción de tasa para litigantes concursados y la consecuencia procesal de la falta de pago de la tasa.
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Leyes que cita
- Ley 25.964Tribunal fiscal de la nacion
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