ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución de una deuda tributaria promovida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero contra una contribuyente que no opuso excepciones dentro del término legal. El tribunal habilitó a la ARCA a llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital reclamado con más sus intereses e impuso las costas a la ejecutada.
¿Quién es el actor?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
¿A quién se demanda?
La contribuyente ejecutada, identificada en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de la deuda tributaria consignada en la boleta de deuda, con más sus intereses, por la vía de ejecución fiscal.
¿Qué se resolvió?
Se declaró expedita la ejecución contra la demandada, quedando la ARCA habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido con más sus intereses, y se impusieron las costas del proceso a la ejecutada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239."
"Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía."
"Por ello y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses."
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Leyes que cita
- Ley 25.239Reforma tributaria
- Ley 11.683Procedimiento fiscal
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