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Primera Instancia

MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ BOTIGUE RICARDO S/ APREMIO

La Municipalidad de Lanús promovió ejecución (apremio) por deuda municipal reclamada mediante certificado de deuda. El Tribunal hizo lugar al pedido de ejecución, declaró perdido el derecho de defensa por caducidad de excepciones y ordenó llevar adelante trance y remate hasta el pago de $16.496,50 más intereses desde el 31/07/2018.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 4 (EX JCC N°1) - LANUS
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
60123
Ejecucion coactiva Apremio Perdida del derecho por caducidad (arts.116 y 155 cpcc) Trance y remate Deuda municipal Intereses tasa activa banco provincia Certificado de deuda n?114001257210 Costas a la parte vencida Domicilio constituido Honorarios diferidos

¿Quién es el actor?

MUNICIPALIDAD DE LANUS.

¿A quién se demanda?

BOTIGUE RICARDO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución coactiva (apremio) por capital reclamado de pesos $16.496,50 conforme certificado de deuda N°. 114001257210, con más intereses a la tasa activa del Banco Provincia desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 y hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Se declaró perdido el derecho del ejecutado por no opositar excepciones dentro del plazo legal; se hizo lugar a la ejecución ordenando llevar adelante la causa de trance y remate hasta el pago íntegro; se impusieron las costas a la demandada vencida; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio y se dejó constancia de la intimación en el inmueble indicado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ BOTIGUE RICARDO S/ APREMIO, expte. N° 60123, no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)."

"POR ELLO: Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto los ejecutados BOTIGUE RICARDO haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $16.496,50.- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos "Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo" en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativas, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago."

"Imponiéndosele las costas a la demandada vencida (arts.68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación respectiva (arts.23 y 51 ley 8904)."

"Tiénese por constituído el domicilio de la parte demandada en la calle SAN LORENZO Nº 3.147 LOCALIDAD: REMEDIOS DE ESCALADA ESTE, partido de Lanús.

En cumplimiento de lo dispuesto por la Acordada n°2514/92 de la SCJBA, se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en la calle SAN LORENZO Nº 3.147 LOCALIDAD: REMEDIOS DE ESCALADA ESTE, partido de Lanús."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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