MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ ALONSO YOLANDA S/ APREMIO
Ejecución fiscal municipal por deuda certificada por $63.667 con intereses desde el 31/07/2018. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución (trance y remate) y declaró perdido el derecho de excepciones del ejecutado, imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
MUNICIPALIDAD DE LANUS.
¿A quién se demanda?
ALONSO YOLANDA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago íntegro del capital reclamado de pesos $63.667, con más los intereses a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires, correspondiente al certificado de deuda adjunto N°. 114001257210; intereses computados desde la mora operada el día 31 de julio de 2018, y la ejecución mediante trance y remate.
¿Qué se resolvió?
Se declaró perdido el derecho del ejecutado a oponer excepciones; se hizo lugar a la ejecución ordenando llevar adelante la causa de trance y remate hasta el íntegro pago de la suma reclamada con intereses; se impusieron las costas a la demandada y se diferenció la regulación de honorarios. Se tuvo por constituido domicilio en Anatole France Nº1427, Lanús, y se dejó constancia de intimación en ese inmueble.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ ALONSO YOLANDA S/ APREMIO, expte. N°64527, no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)."
"POR ELLO: Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado ALONSO YOLANDA haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $63.667,.- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos "Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo" en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativas, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago."
"Imponiéndosele las costas a la demandada vencida (arts.68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación respectiva (arts.23 y 51 ley 8904)."
Otras constancias relevantes: "Tiénese por constituído el domicilio de la parte demandada en la calle ANATOLE FRANCE Nº1427 DEPTO: LOCALIDAD: LANUS, partido de Lanús." y "En cumplimiento de lo dispuesto por la Acordada n°2514/92 de la SCJBA, se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en la calle ANATOLE FRANCE Nº1427 DEPTO: LOCALIDAD: LANUS, partido de Lanús."
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