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Primera Instancia

MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ LAGO ARMANDO PRIMO S/ APREMIO

La Municipalidad de Lanús promovió apremio ejecutivo por certificado de deuda por $16.630 con vencimiento el 31/07/2018. El Tribunal hizo lugar al apremio, ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital e intereses a la tasa activa del Banco Provincia e impuso costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 4 (EX JCC N°1) - LANUS
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
62556
Apremio Ejecucion Trance y remate Certificado de deuda Municipalidad de lanus Intereses tasa activa banco provincia Costas Perdida del derecho a excepciones Art.540 cpcc Domicilio constituido.

¿Quién es el actor?

MUNICIPALIDAD DE LANUS.

¿A quién se demanda?

LAGO ARMANDO PRIMO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio y remate del crédito emergente del certificado de deuda N°. 114001257210 por la suma de pesos $16.630 más intereses desde el vencimiento de la sentencia administrativa.

¿Qué se resolvió?

Se declaró perdido el derecho del ejecutado a oponer excepciones por haber vencido el plazo legal; se hizo lugar a la ejecución de trance y remate, ordenando proseguir la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado ($16.630) más intereses calculados a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde el 31 de julio de 2018; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios. Se tuvo por constituido domicilio en Moreno José M. Nº 834, Lanús Oeste, y se dejó constancia de la intimación de pago practicada en ese inmueble.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)."

"POR ELLO: Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado LAGO ARMANDO PRIMO haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $16,630.- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos "Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo" en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativas, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago."

"Imponiéndosele las costas a la demandada vencida (arts.68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación respectiva (arts.23 y 51 ley 8904)."

"Tiénese por constituído el domicilio de la parte demandada en la calle MORENO JOSE M. N° 834 DEPTO: LOCALIDAD: LANÚS OESTE, partido de Lanús. En cumplimiento de lo dispuesto por la Acordada n°2514/92 de la SCJBA, se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en la calle MORENO JOSE M. N° 834 DEPTO: LOCALIDAD: LANÚS OESTE, partido de Lanús."

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