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ALESSANDRELLI ROBERTO (36) S/ SUCESION AB-INTESTATO

Acumulación de dos expedientes sucesorios por identidad de herederos y masa hereditaria. El Tribunal decretó la acumulación y recaratulación de los autos por razones de economía y celeridad procesal, fundando su decisión en el art. 731 del CPCC y el art. 2336 del Cód. Civ. y Com.

Celeridad procesal Economia procesal Acreditacion de vinculo Sucesion ab-intestato Recaratulacion Acumulacion de autos Identidad de herederos Art. 731 cpcc Registro y notificacion Art. 2336 cod. civ. y com.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Expediente caratulado "RICCI LUISA ANA (37) S/ SUCESION AB-INTESTATO" (Expte. N° LM-40282-2025). Demandado: Expediente caratulado "ALESSANDRELLI ROBERTO (36) S/ SUCESION AB-INTESTATO" (Expte. N° LM-28423-2026). Objeto: Procedimientos sucesorios vinculados por tratarse de los mismos herederos y de la misma masa hereditaria; solicitud de acumulación por afinidad procesal. Decisión: Se hizo lugar a la acumulación de autos; se ordenó acumular el expediente LM-28423-2026 al LM-40282-2025 y recaratular como "RICCI LUISA ANA Y ALESSANDRELLI ROBERTO (37) S/ SUCESION AB-INTESTATO". Además, se dispuso comunicar la situación a la Receptoría General, registrarla en libros de Secretaría, y se notificó la exigencia de acreditar el vínculo denunciado por los presentantes Liliana Alejandra Manes y Rubén Ariel Manes.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "II.
- Que, por un lado, las referidas actuaciones se encuentran vinculadas con el proceso sucesorio que ahora se promueve por tratarse de los mismos herederos y de la misma masa hereditaria. Atento ello y teniendo en cuenta que los autos mencionados 'ut-supra' se hayan en mayor grado de avance que el presente, por razones de economía y celeridad procesal; y conforme lo dispuesto por el art. 731 del C.P.C.C., entiendo que corresponde decretar la acumulación de éstos actuados al expediente 'RICCI LUISA ANA (37) S/ SUCESION AB-INTESTATO' (Expediente N° LM-40282-2025) (arg. art. 2336 del Código Civil y Comercial de la Nación y art. 731 del C.P.C.C., su doc.; cfr. Morello y otros, 'Códigos...' Tº IX p.127)." Bloque dispositivo final (transcripción): "RESUELVO: Acumular los autos 'ALESSANDRELLI ROBERTO (36) S/ SUCESION AB-INTESTATO' (Expediente N° LM-28423-2026) a los autos caratulados: 'RICCI LUISA ANA (37) S/ SUCESION AB-INTESTATO' (Expediente N° LM-40282-2025).- Recaratular dichas actuaciones como: 'RICCI LUISA ANA Y ALESSANDRELLI ROBERTO (37) S/ SUCESION AB-INTESTATO' (Expediente N° LM-40282-2025), comunicándose dicha situación a la Receptoría General de expedientes y dejándose constancia de ello en los libros de Secretaría (art. 58, inc. 'a' del Ac. 3397 S.C.B.A.). REGISTRESE y NOTIFÍQUESE el presente conforme lo normado por el artículo 10 del Anexo I de la Ac. N° 4.013/21 de la SCBA. (Texto cfr. Ac. 4.039/21 de la SCBA). Se hace saber que las futuras peticiones deberán ser presentadas exclusivamente en las mencionadas actuaciones 'RICCI LUISA ANA Y ALESSANDRELLI ROBERTO (37) S/ SUCESION AB-INTESTATO' (Expediente N° LM-40282-2025). Por último, previo a proveer el escrito de inicio, se hace saber que deberán acreditar el vinculo denunciado los presentantes Liliana Alejandra Manes y Rubén Ariel Manes."

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