PERETTI, RICARDO OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamaron reajustes de haberes jubilatorios y cálculo del haber inicial y PBU. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia: dejó sin efecto la aplicación del índice ISBIC (fallos Elliff/Blanco) y ordenó actualizar las remuneraciones según la ley 27.426, difiriendo el cálculo de la PBU para la liquidación.
¿Quién es el actor?
PERETTI, Ricardo Omar.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios para determinar y recalcular el haber inicial jubilatorio obtenido el 5/10/2020, actualización de remuneraciones de base, cálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), imputación de topes y retención del Impuesto a las Ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó la sentencia de fecha 3/10/2023 en cuanto a la metodología de actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo del haber inicial: dejó sin efecto la aplicación del índice ISBIC (fallos "Elliff" y "Blanco") y ordenó aplicar el método previsto en la ley 27.426 y concordantes, atendiendo a la fecha de obtención del beneficio; además, diferió el cálculo de la PBU para la etapa de ejecución. Confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios y reguló costas y honorarios de esta instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Con respecto del mecanismo de actualización de las remuneraciones consideradas a los fines del recálculo de la P.C. y P.A.P. previsto en el art. 24 de la ley 24.241, toda vez que el actor adquirió el derecho al beneficio ya entrada en vigencia la ley 27.426 que introduce la modificación al art. 2° de la ley 26.417, debe estarse a los índices allí establecidos a los fines de actualizar las remuneraciones a considerar para el cálculo de la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia."
"En función de lo expuesto precedentemente, deviene inaplicable la doctrina del fallo “Blanco” del Alto Tribunal en virtud del cual se dispuso la aplicación de la doctrina del caso “Elliff”, ya que con el dictado de la ley 27.426 el Congreso reasumió la potestad de fijar los indicadores que dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización, y los mismos no resultan irrazonables ni arbitrarios."
"Respecto al cuestionamiento atinente a la actualización de la P.B.U., este Tribunal ha efectuado un nuevo estudio de la cuestión propuesta, en función del mismo se considera apropiado diferir el análisis sobre la suma final a la que ascendería la PBU a la etapa de liquidación de la sentencia, tal como lo dispuso el Alto Tribunal en el precedente “Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios”, sentencia de fecha 11/11/2014, ocasión en la cual se podrá determinar si la falta de actualización de la Prestación Básica Universal produce una disminución confiscatoria del “total del haber inicial” de la parte actora, con relación a la situación de los trabajadores activos."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión consignada es la acordada por la mayoría.
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