ANUAR SUEDAN SRL C/ LOPEZ NATACHA ELIZABETH S/ COBRO EJECUTIVO
Incidente de recusación sin causa en proceso de cobro ejecutivo contra López. El Tribunal hizo lugar a la recusación sin causa, disponiendo la baja de las actuaciones del Libro de Secretaría y la remisión del expediente a la Receptoría General para que pase al juzgado que sigue en el turno, excluyendo al Juzgado N°2.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ANUAR SUEDAN SRL, parte ejecutante en el cobro ejecutivo.
Demandado: López, Natacha Elizabeth.
Objeto: Cobro ejecutivo (expediente JU-10216-2026, Junín).
Decisión: Se hizo lugar a la recusación sin causa promovida por la parte ejecutante; se ordenó dar de baja las actuaciones del Libro de Secretaría y remitir el expediente a la Receptoría General de Expedientes para que pase al Juzgado que sigue en el orden de turno, excluyendo al Juzgado N°2.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"JUNIN, en la fecha de suscripción del presente, Y VISTO la recusación sin causa formulada por la parte ejecutante y de conformidad con lo normado por el art. 14 del CPCC., hácese lugar a la misma, lo QUE ASI SE DECIDE.-"
"Habida cuenta de ello, cabe recordar que ..'la recusación sin causa lo es siempre respecto de la persona del Juez y no del juzgado o Tribunal, teniendo como destinatario concreto al magistrado, ente físico títular del órgano jurisdiccional. La recusación no se refiere a los juzgados, sino a las personas de los jueces...'B1401259.-"
"En consecuencia, y resultando ser la Infrascripta, Juez titular del Juzgado Civil y Comercial nro 2 Deptal, dénse de baja las actuaciones de los libros de Secretaría y remítanse a la Receptoría General de Expedientes a fin de que por su intermedio, pasen las mismas al Juzgado que sigue en orden de turno; excluyendo al Juzgado nro 2 (art. 16 del código ritual). REGISTRESE. Norifiquese.-"
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