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TIZON, CARLOS JAVIER C/PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo y las partes celebraron un acuerdo conciliatorio por $2.210.000. El Tribunal homologó el acuerdo, impuso costas a la demandada conforme lo convenido y reguló honorarios y pagos a letrados y peritos, con intimaciones y plazos para depósitos y acreditaciones.

Accidente de trabajo Regulacion de honorarios Conciliacion Homologacion de acuerdo Accion especial Costas a cargo de la art Clausula penal 0 Peritos (contador y medico) 3% diario Intimacion y aportes previsionales Pago y acreditacion en cuenta bancaria

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: TIZON, CARLOS JAVIER. Demandado: PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Objeto: Proceso por accidente de trabajo
- acción especial; las partes arribaron a una conciliación ratificada el 05/08/2026. Decisión: Homologación del acuerdo conciliatorio por $2.210.000; costas a cargo de la demandada conforme a lo convenido; regulación de honorarios de letrados y peritos e instrucciones sobre depósitos, plazos e intimaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
- Voto que propone la homologación (voto de la Jueza Bocchio): "No existe a mi juicio, impedimento legal para que se dicte sentencia homologando la conciliación mencionada que pone fin al pleito y en la forma dispuesta por el art. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., de modo que las partes tengan a su favor una declaración de certeza y gocen de los beneficios de la cosa juzgada, sobre todo cuando se trata de derechos litigiosos y se ha arribado a una justa composición de los mismos. Es procedente en consecuencia, homologar la conciliación por la suma de $2.210.000 (PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL), que la demandada -sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto conciliatorio-, se allana a pagar mediante depósito en una cuenta bancaria de exclusiva titularidad del actor EN UN PAGO DENTRO DE LOS CUARENTA Y CINCO DÍAS CORRIDOS DE NOTIFICADA LA PRESENTE." "Deberá homologarse asimismo lo convenido por las partes para el caso de demora o incumplimiento en el pago, supuesto en el que se producirá la mora automática y una cláusula penal del 0,3% por día."
- Bloque dispositivo final (sentencia): "RESUELVE: I) Homologar el acuerdo conciliatorio a que arribaran las partes en autos, que asciende a la suma de $ 2.210.000,00 (PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL), en las condiciones pactadas.
- II) Costas a cargo de PROVINCIA A.R.T. S.A. conforme lo convenido, a cuyo fin: en virtud de lo normado por los arts. 1, 15, 16, 21,22, 24, 25, 28 inc. h), 43, 51 y 54 de la Ley 14.967 y atento el mérito de la labor desarrollada y resultado del presente, REGÚLENSE los honorarios de los letrados intervinientes: por la parte actora: Dr. NICOLAS IMERITO BRIAN ... en la suma de Pesos doscientos veintitres mil seiscientos noventa con sesenta y seis centavos ($223.690,66)... Dr. ALEXANDER COWEN ... en la suma de Pesos ciento seis mil cuatrocientos sesenta y cuatro ($106.464)... Dr. DANIEL ALBERTO ROSSI ... en la suma de Pesos ciento once mil ochocientos cuarenta y cinco con treinta y tres centavos ($111.845,33) ... por la parte demandada ... Dr. PABLO MANUEL PADILLA ... en la suma de Pesos ciento cincuenta y nueve mil seiscientos noventa y seis ($159.696) ... Dr. DIEGO DOMINGO LISANDRO ... en la suma de Pesos ciento cincuenta y nueve mil seiscientos noventa y seis ($159.696) ... Dr. MARIA VICTORIA GUILLON ... en la suma de Pesos cincuenta y tres mil doscientos treinta y dos ($53.232) ... en todos los casos con más el 10% Ley 8455 ... e IVA en caso de corresponder." "Intímase a los letrados beneficiarios de los honorarios regulados precedentemente para que oportunamente dentro de los 60 días corridos de la fecha en que se encuentre firme la presente, acrediten el depósito de los aportes previsionales a su cargo (10%) y a cargo del obligado al pago (10%); una vez percibidos sus emolumentos, adjuntando en ambos casos los formularios correspondientes. Todo ello bajo apercibimiento -sin nueva intimación
- de comunicar el incumplimiento a la Caja de Previsión Social para Abogados de la Pcia. Bs. As." "III) Regúlanse los honorarios de los profesionales: a) del perito contador MICAELA SOL LIPORACE, en la suma de Pesos ciento cincuenta y nueve mil seiscientos noventa y seis ($159.696) con más el 10% ... b) del perito médico MICAELA MOLINA, en la suma de Pesos ciento cincuenta y nueve mil seiscientos noventa y seis ($159.696), con más el 10% ... sumas éstas que deberán abonarse mediante depósito en autos dentro de los 10 días de la presente."
- Observación de mayoría/minoría: El fallo fue acordado por mayoría; los tres jueces adhirieron al voto de la Dra. Bocchio, con Valcarce agregando una salvedad sobre la liquidación de la tasa de justicia (opinión en minoría sobre ese punto), pero el bloque dispositivo final es el que se pronuncia.
- Montos y fechas relevantes: acuerdo conciliatorio $2.210.000; acta de acuerdo 15/07/2026 ratificada 05/08/2026; pago en un pago dentro de los cuarenta y cinco días corridos de notificada la presente; cláusula penal 0,3% diario por mora; honorarios regulados (ej.: Dr. Nicolás Imerito Brian $223.690,66; Dr. Alexander Cowen $106.464; Dr. Daniel Alberto Rossi $111.845,33; Dr. Pablo Padilla $159.696; Dr. Diego Lisandro $159.696; Dra. María Victoria Guillon $53.232); peritos Micaela Sol Liporace y Micaela Molina $159.696 cada una.

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