MARCANI POMA, ROBIN C/PROVINCIA ART S.A. S/ACCION DE REVISION RESOLUCION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 15.057
El actor promovió acción de revisión de Resolución de Comisión Médica Jurisdiccional reclamando revisión de resultado médico. El Tribunal homologó la conciliación por PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000), impuso costas a Provincia ART y reguló honorarios de letrados y peritos conforme lo convenido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MARCANI POMA, ROBIN C.
Demandado: PROVINCIA ART S.A.
Objeto: Acción de revisión de Resolución de Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 15.057).
Decisión: Homologación de acuerdo conciliatorio por PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000); costas a cargo de PROVINCIA ART conforme lo convenido; regulación de honorarios de letrados y peritos; exención de tasa de justicia (con salvedad de uno de los jueces sobre la tasa).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original del Tribunal):
"Las partes de común acuerdo han llegado a una conciliación en la presente causa, de la que instruye el acta que antecede de fecha 01/07/2026 RATIFICADO EL 13/07/2026. No existe a mi juicio, impedimento legal para que se dicte sentencia homologando la conciliación mencionada que pone fin al pleito y en la forma dispuesta por el art. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., de modo que las partes tengan a su favor una declaración de certeza y gocen de los beneficios de la cosa juzgada, sobre todo cuando se trata de derechos litigiosos y se ha arribado a una justa composición de los mismos. Es procedente en consecuencia, homologar la conciliación por la suma de PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000), que la demandada -sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto conciliatorio-, se allana a pagar mediante depósito en una cuenta bancaria de exclusiva titularidad del actor EN UN PAGO A LOS TREINTA (30) DÍAS HÁBILES DE NOTIFICADA LA PRESENTE."
"Por los fundamentos y citas legales del Acuerdo que antecede, el Tribunal del Trabajo Número Dos de Avellaneda-Lanús, RESUELVE: I) Homologar el acuerdo conciliatorio a que arribaran las partes en autos, que asciende a la suma de PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000), en las condiciones pactadas.
- II) Costas a cargo de PROVINCIA ART conforme lo convenido, a cuyo fin: en virtud de lo normado por los arts. 1, 15, 16, 21,22, 24, 25, 28 inc. h), 43, 51 y 54 de la Ley 14.967 y atento el mérito de la labor desarrollada y resultado del presente, REGÚLENSE los honorarios de los letrados intervinientes: ..."
- Votos / discrepancias relevantes: Los tres jueces adhieren al sentido favorable a la homologación; el juez Valcarce adhiere con la salvedad de que entiende corresponde liquidar la tasa de justicia y su contribución (es decir, no acompaña la exención plena pedida por las partes).
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