FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DONADIO JORGE ARISTIDES S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió acción de apremio y remate por incumplimiento de obligaciones fiscales, reclamando $4.386.689,50 más intereses. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y remate hasta el íntegro pago del capital e intereses, imponiendo las costas al vencido y difiriendo la regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: DONADIO JORGE ARISTIDES.
Objeto: Ejecución fiscal por pago del capital reclamado de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 50/100 ($4.386.689,50) más intereses según art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; se solicita trance y remate.
Decisión: Se hace lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución y remate hasta el pago íntegro del capital reclamado y sus intereses; se imponen las costas al vencido; se difiere la regulación de honorarios; y se ordena notificación conforme la ley.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del Tribunal):
"Agregado en este acto el escrito electrónico que se acompaña junto a la manda y su diligencia, corresponde expedirme conforme lo peticionado por el actor.
Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, conforme surge del mandamiento de intimación de pago y su diligencia, notificado en el domicilio fiscal del demandado (art. 14 Acordada 2514/92), se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 C.P.C.C.).-
Hallándose la demandada debidamente intimada a constituir domicilio, conforme emerge del mandamiento aludido, téngaselo por constituido en los Estrados del Juzgado (art. 7 de la Ley Nº 13.406 y art. 41 del C.P.C.C.).-
Por ello, de conformidad con lo pedido, y lo dispuesto en la Ley Nº 13.406 RESUELVO:
I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada, DONADIO JORGE ARISTIDES haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 50/100 ($4.386.689,50), con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. 39/11) desde la interposición de la demanda, y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (art. 68 del C.P.C.C. supletorio art. 25 de la Ley 13406).-
II.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el art. 51 de la Ley Nº 14.967.-
III.
- REGISTRESE, NOTIFIQUESE a la parte actora se notifica conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA y a la parte demandada ministerio ley (conf. art. 135 inc. 12 del C.P.C.C., supletorio conf. art. 25 de la Ley 13.406, y art. 13 in fine de la Ley 13.406, respectivamente).-"
(No se registran votos en disidencia ni bloque dispositivo contradictorio en el texto suministrado.)
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