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MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ SANTA CANDIDA S.A.A.G.C.I . S/ APREMIO

La Municipalidad de Lanús inició apremio para cobrar un certificado de deuda por $10.185 con intereses desde el 31/07/2018. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó llevar adelante el trance y remate hasta el pago íntegro, imponiendo costas a la demandada.

Costas Ejecucion Apremio Trance y remate Perdida del derecho de defensa Domicilio constituido. Municipalidad de lanus Intereses tasa activa bapro Mora 31/07/2018 Santa candida s.a.a.g.c.i.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MUNICIPALIDAD DE LANUS. Demandado: SANTA CANDIDA S.A.A.G.C.I. Objeto: Ejecución apremio del capital reclamado de pesos $10.185.
- más intereses a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires, correspondiente al certificado de deuda adjunto N°. 114001257210; mora desde el 31 de julio de 2018. Decisión: Se declaró la pérdida del derecho de defensa procesal por parte del ejecutado por no haber opuesto excepciones legítimas dentro del plazo; se hizo lugar a la ejecución ordenando llevar adelante la causa de trance y remate hasta tanto SANTA CANDIDA S.A.A.G.C.I. haga el pago íntegro del capital reclamado más intereses; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios. Asimismo se tuvo por constituido domicilio en Guido 5046, Monte Chingolo, Lanús, y se dejó constancia de la intimación en ese inmueble conforme la Acordada 2514/92 SCJBA.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes): "Estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ SANTA CANDIDA S.A.A.G.C.I . S/ APREMIO, expte. N° 67102, no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)." "POR ELLO: Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado SANTA CANDIDA S.A.A.G.C.I haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $10.185.
- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa
- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos "Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo" en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativas, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago." "Imponiéndosele las costas a la demandada vencida (arts.68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación respectiva (arts.23 y 51 ley 8904)." "Tiénese por constituído el domicilio de la parte demandada en la calle GUIDO Nº 5.046 LOCALIDAD: MONTE CHINGOLO, partido de Lanús. En cumplimiento de lo dispuesto por la Acordada n°2514/92 de la SCJBA, se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en la calle GUIDO Nº 5.046 LOCALIDAD: MONTE CHINGOLO, partido de Lanús."

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