CALDERARO GABRIELA C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTROS S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA-OTROS JUICIOS
Reclamos indemnizatorios por la muerte de Christian Agustín Domínguez ocurrida mientras se hallaba detenido en la Comisaría Primera de Berisso. El Tribunal hizo lugar a las pretensiones contra la Provincia de Buenos Aires por falta de servicio y condenó al pago de $1.458.000 (causa 11.937) y $824.000 (causa 11.938), con más intereses y costas, por irregular prestación del servicio de policía.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor:
Causa 11.937: Gabriela Calderaro (por derecho propio y en representación de su hija Martina Eileen Domínguez).
Causa 11.938: Norma Noemí Garnica y Beda Pedro Domínguez (padres del fallecido; luego representados por herederos).
Demandado:
Provincia de Buenos Aires; como codemandados se mencionan Víctor Alberto Gómez y Germán Horacio Cernuschi (respectivamente condenado y desistido/rebelde en distintos tramos procesales).
Objeto:
Resarcimiento económico por la muerte de Christian Agustín Domínguez ocurrida el 5-2-2005 mientras estaba en la Comisaría Primera de Berisso; rubros reclamados: daño moral, lucro cesante, pérdida de chance, daño psíquico/físico, entre otros.
Decisión:
Se hizo lugar a las demandas. Causa 11.937: condena a la Provincia de Buenos Aires a pagar $1.458.000 (detallados en daño moral, lucro cesante y pérdida de chance). Causa 11.938: condena a la Provincia de Buenos Aires a pagar $824.000 (daño moral y pérdida de chance), con intereses desde el 5-2-2005 y costas a la vencida. Regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En consecuencia, resulta comprometida la responsabilidad del Estado en los términos del artículo 1112 del CC ante la una irregular prestación del servicio a cargo de la autoridad policial, lo que impone a la Provincia de Buenos Aires la obligación de reparar el daño causado por la actividad de sus órganos o funcionarios. Es que, quien contrae la obligación de prestar un servicio -en este caso, velar por la seguridad de las personas bajo su custodia
- debe hacerlo en condiciones adecuadas para cumplir con el fin para el que ha sido establecido, siendo responsable de los perjuicios que ocasione su incumplimiento o su ejecución irregular (Fallos: 306:2030, "Vadell"; 307:821; 312:343; 315:1892; 317:1921; 321:1776; 322:1393, entre otros; arts. 1112 y concs. del CC -ley 340-; ley 13.482 y art. 18 de la CN)."
"En consecuencia, corresponde hacer lugar a este concepto y resarcir a la parte actora por el monto total de $ 800.000 de la siguiente forma: $ 250.000 para Gabriela y $ 550.000 para Martina (art. 77 inc. 1 del CCA; 165, 475 y concs. del CPCC)."
"FALLO: A) Causa 'Calderaro Gabriela c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires y otro s/Pretensión Indemnizatoria' n° 11.937. 1°) Hacer lugar a la pretensión indemnizatoria deducida por la parte actora, condenando a la Provincia de Buenos Aires a abonar la suma total de pesos un millón cuatrocientos cincuenta y ocho mil ($ 1.458.000)... B) Causa 'Garnica Norma Noemí y otro/a c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires y otros s/Pretensión Indemnizatoria' n° 11.938. 1°) Hacer lugar a la pretensión indemnizatoria deducida, condenando a la Provincia de Buenos Aires a abonar la suma total de pesos ochocientos veinticuatro mil ($ 824.000)..."
(Se consignan además extensos fundamentos doctrinales y jurisprudenciales sobre la obligación garante del Estado respecto de personas bajo custodia, la aplicación de la ley 13.482, normativa constitucional y tratados internacionales.)
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