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BORDON (2), HILDA LILIANA EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE Q.M.A. C/ OBRA SOCIAL DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO

La actora interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que rechazó su acción de amparo para obtener pañales descartables para su esposo. El Tribunal Superior de Justicia revocó la sentencia anterior y ordenó a la Obra Social de Entre Ríos la provisión de 200 pañales mensuales por un año.

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Actor: Hilda Liliana Bordón. Demandado: Obra Social de Entre Ríos (OSER). Objeto: Provisión de pañales descartables para adulto. Decisión: Se revoca la sentencia de primera instancia y se hace lugar a la acción de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La vulnerabilidad que padece el afiliado se encuentra suficientemente acreditada por el certificado de indubitada autenticidad oficial, su situación debe ser analizada bajo el paraguas protectorio que involucra al corpus juris internacional tutelar de personas con discapacidad." "No puede obviarse en este análisis que estamos frente a una puntual prestación directamente vinculada con la posibilidad de acceso a una mejor calidad de vida de una persona vulnerable, dada su condición de discapacitado." "La intransigente actitud de la obra social deviene arbitraria y configura la ilegitimidad requerida en los arts. 1 y 2 de la Ley Nº 8369 para la procedencia de la acción constitucional de amparo."

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