NABATNIKOV, EGOR s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía de Egor Nabatnikov fue otorgada. El Juzgado declaró ciudadano argentino al solicitante, condicionando la expedición del título al juramento de fidelidad y advirtiendo la obligación de enrolarse dentro de doce meses y la posibilidad de cancelación por fraude u ocultamiento conforme art. 15 del Decreto 3213/84.
¿Quién es el actor?
EGOR NABATNIKOV (peticionante).
¿A quién se demanda?
(acción de incorporación a la ciudadanía dirigida ante el Juzgado; no consta un demandado particular).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía (incorporación a la ciudadanía argentina).
¿Qué se resolvió?
Se declara ciudadano argentino a EGOR NABATNIKOV (D.N.I. Nº 96.382.064, nacido el 13/02/1995 en Novosibirsk, Federación de Rusia), a quien se le extenderá el título respectivo, con la condición de prestar juramento de fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; se le advierte la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y la posibilidad de cancelación de la ciudadanía por fraude u ocultamiento conforme al art. 15 del Decreto 3213/84. Se ordenan las comunicaciones al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral-Registro de Cartas de Ciudadanía, a la Dirección Nacional de Migraciones y se librará oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores para notificar al país de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes del fallo):
"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario para la incorporación de extranjeros a la Ciudadanía Argentina. Por ello, teniendo en cuenta las expresas intervenciones del Ministerio Público Fiscal en fechas 5/02/2026; 13/07/2026 y habida cuenta la manifestación de voluntad expuesta por la persona peticionante en el formulario de fs. 49, RESUELVO: Declarar ciudadano argentino a EGOR NABATNIKOV, D.N.I. Nº 96.382.064, nacido el 13 de febrero de 1995, en Novosibirsk, Federación de Rusia, de nacionalidad rusa, hijo de Oleg NABATNIKOV (padre) y de Yulia NABATNIKOVA (madre), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y que, en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina, la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del Decreto 3213/84, que determinará la cancelación de la ciudadanía, por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención. Comuníquese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral-Registro de Cartas de Ciudadanía y a la Dirección Nacional de Migraciones mediante oficio de estilo. Líbrese oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a fin de que, por la vía que corresponda, informe al país de origen de la persona solicitante que en las presentes actuaciones se le ha concedido el honor de adquirir la ciudadanía argentina."
- No constan votos en disidencia en el expediente analizado.
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