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MARZETTI MARIA ELENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora Marzetti promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios, cuestionando la actualización de la Prestación Básica Universal y la aplicación de topes. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmóla en lo demás, difiriendo el tratamiento del precedente “Villanustre” y la regulación de honorarios, y ordenando costas de Alzada por su orden.

Honorarios Inconstitucionalidad Costas de alzada Anses Reformatio in pejus Prestacion basica universal Villanustre Reajustes varios Articulo 9 ley 24.463 Marzetti

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MARZETTI MARIA ELENA. Demandado: ANSeS. Objeto: Reajustes varios de haberes previsionales, con particular atención a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y la aplicación de topes (art. 9 inc. 3) de la ley 24.463), y controversias sobre la inconstitucionalidad de leyes 27.426 y 27.541; impugnación de la forma de imposición de costas y regulación de honorarios. Decisión: Se revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos; se confirmó en lo demás que decide y fue materia de agravios; se difirió el tratamiento del precedente de la CSJN “Villanustre” para la etapa de ejecución; se diferió la regulación de honorarios de Primera Instancia; se impusieron costas de Alzada por su orden; y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen. Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
- "La fecha de adquisición del beneficio que se pretende reajustar es el 3/3/21, en vigencia de la TO Ley 27.609."
- "Incurre en reformatio in pejus el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (CSJN Fallos T325 P3318)."
- "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredita que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
- "En relación con el agravio vertido referente a la doctrina fijada por la CSJN en los autos: 'Villanustre, Raúl Félix s/ jubilación'... difiérase su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia, momento en cual podrá evaluarse concretamente su aplicación al caso."
- "Atento a la forma en como se decide y la ausencia de contradictorio, costas de alzada por su orden (conf. Art. 68, párr. 2º del Código Procesal Civil)." Disidencia: No existe disidencia en el acuerdo; los tres vocales adhieren al decisorio.

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