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.................... S/ RECURSO DE CASACION

El imputado promovió recurso de casación contra su condena por robo calificado cometido el 8 de mayo de 2025. La Cámara declaró admisible la casación pero la rechazó por improcedente, sosteniendo que la prueba y la valoración en el juicio abreviado acreditaron la coautoría y que los agravios fueron genéricos.

1. recurso de casacion 2. robo calificado 3. coautoria / dominio funcional 4. arma de utileria 5. juicio abreviado 6. valoracion probatoria 7. improcedencia del recurso 8. pena: 4 anos de prision 9. reserva de caso federal 10. honorarios (25% ? 60 jus) observacion: montos/fechas relevantes incluidos en el resumen: hecho ocurrido el 08/05/2025 Pena impuesta en origen: cuatro (4) anos de prision Regulacion de honorarios: 25% de 60 jus.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Gabriel Alejandro López, por intermedio de su defensora particular, Dra. María Fernanda Molina, interpuso recurso de casación contra la sentencia condenatoria. Demandado: Ministerio Público Fiscal / sentencia de la instancia de origen (Tribunal en lo Criminal Nº 8, Dept. Jud. Lomas de Zamora). Objeto: Se impugna la condena por coautoría en el delito de robo calificado por el empleo de arma de fuego similar a la de utilería y por comisión en poblado y en banda (hecho ocurrido el 08/05/2025), alegando: falta de acreditación de participación directa o dominio funcional; que la sola presencia no permite presumir coautoría; que el arma no tenía aptitud de disparo y debía aplicarse el párrafo final del art. 166 inc. 2° CP; y que la pena es desproporcionada dadas su edad (18 años), primariedad, arraigo, estudios y proceso de reinserción. Pidió subsidiariamente prisión domiciliaria. Decisión: La Sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal declaró admisible el recurso de casación interpuesto y lo rechazó por improcedente, sin costas; reguló honorarios de la defensora en el 25% de lo regulado en la instancia (60 JUS) y dejó constancia de la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal): 1) Sobre admisibilidad y formalidades: "El presente recurso fue interpuesto tempestivamente contra una sentencia definitiva, mediante escrito fundado en el cual se ha dado cumplimiento a los requisitos formales establecidos en los artículos 450 y 451 del Código Procesal Penal. Asimismo, y conforme lo dispuesto en el artículo 454 inciso 1° de dicho cuerpo normativo, el impugnante se encuentra subjetivamente legitimado para recurrir. Por ello, corresponde declarar formalmente admisible el recurso de casación interpuesto en la presente causa." 2) Sobre valoración probatoria y coautoría: "Retornando a la valoración probatoria destaco que la damnificada presenta un alto estándar de credibilidad, su relato se encuentra corroborado con otros elementos de manera pacífica. ... Los dichos de la víctima también resultan confirmados al hallarse en el interior del vehículo, un arma y su teléfono celular. La conducta desplegada por López como aporte a la división funcional de tareas que existió entre todos los intervinientes fue llamar a un automotor por la aplicación Cabify, con su amigo Brandon, y conducirlo al lugar donde los otros tres sujetos activos los estaban esperando, para que mediante intimidación y violencia ejercida sobre Ana Isabel Avila Navia, apoderarse del automotor Vento Volkswagen. ... Corresponde ratificar que el imputado actuó como coautor del hecho que se le reprocha, que su presencia allí no fue circunstancial como intenta imponer la defensa, sino por el contrario obedeció al cumplimiento de un plan que llevó adelante con otros, es decir, existió una división funcional de tareas." 3) Sobre la calificación del arma y la pena: "El sentenciante consideró ajustada a derecho la calificación jurídica ... textualmente el sentenciante luego de valorar el informe de visu practicado sobre el arma secuestrada dice que ello 'viene a confirmar los dichos de la propia víctima quien aseguró haber sido apuntada con un arma de fuego en la comisión del hecho, aunque luego se haya verificado que la misma carecía de proyectiles, lo cual confirma que su presencia en el hecho solo ha sido a modo intimidatorio careciendo de la posibilidad de concretar su fin específico por el cual se confeccionara, razón por la cual, la ausencia de posibilidad de efectuar disparos con la misma solo puede asemejarse a un arma de utilería, más allá de cualquier otra significancia jurídica que pudiere corresponder, no alentada.' Y luego ... dice que Gabriel Alejandro López fue hallado coautor del delito de robo calificado por el empleo de arma de fuego similar a la de utilería y por comisión en poblado y en banda." 4) Sobre la fundamentación del agravio y la improcedencia de la casación: "Resulta necesario que el recurrente sea preciso al momento de denunciar los agravios, puesto que resulta imprescindible acotar el trabajo revisor judicial exclusivamente a las partes esenciales de las sentencias impugnadas. ... Esto ha sido reconocido por la Corte Suprema en el precedente 'Dapero, Fernando' ... en el que ha advertido sobre la necesidad de que el recurso se encuentre debidamente fundado. ... En igual sentido, el máximo Tribunal Nacional ha dicho que 'el derecho a revisión [...] queda indefectiblemente, circunscripto al cumplimiento de las formalidades básicas, a los requisitos de oportunidad, modo y tiempo [...]'."
- Votos y mayoría: Ambos votos (Kohan y Mancini) adhieren en forma y fondo; el bloque dispositivo final consigna la resolución por unanimidad del acuerdo.

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