H.G.M S/ SENTENCIA
La defensa apeló la sentencia condenatoria por amenazas simples en concurso real con desobediencia. La Cámara rechazó la apelación y confirmó la condena a dos años de prisión de ejecución condicional, valorando como creíbles los testimonios y la prueba electrónica e invocando la idoneidad de las expresiones para amedrentar y la desobediencia a medidas cautelares.
Actor: La parte acusadora/particular damnificada P. G. L. y la Fiscalía impulsaron la investigación y acusación; la impugnación fue promovida por el defensor particular Francisco Oscar Ursic. Demandado: G. M. H., imputado y condenado en primera instancia. Objeto: Impugnación por parte de la defensa contra la sentencia condenatoria que declaró a G. M. H. autor de amenazas simples en concurso real con desobediencia (dos hechos), y lo condenó a 2 años de prisión de ejecución condicional más costas e impuso reglas de conducta (fijar residencia y abstenerse de contacto conflictivo con la víctima y su núcleo familiar). Decisión: Se declaró admisible el recurso de apelación; se rechazó en su mérito y se confirmó íntegramente la sentencia condenatoria recurrida; se confirmó la pena de dos años de prisión de ejecución condicional, las costas y las reglas de conducta por igual plazo; se ordenó notificar y remitir actuaciones a los órganos correspondientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Transcripciones textuales relevantes (mayoría / bloque dispositivo y considerandos):
1) "Llego[n] las presentes actuaciones a conocimiento de esta Alzada en virtud de la impugnación defensista ... veredicto condenatorio respecto al aquí encausado G. M. H., ... calificados como amenazas simples en concurso real con desobediencia -dos hechos
- (artículos 45, 55, 149 bis, primer párrafo primera parte, y 239 del Código Penal; 375, 376, 399, 530 y 531 del Rito penal)."
2) "El imputado efectivamente profirió las mentadas expresiones hacia la presunta víctima ... 'si sabía que iban a volver a ser vecinos nuevamente? espero que después de tanto tiempo no se te ocurra decir nada, sino ya sabes lo que te puede pasar' ... 'más vale que te calles la boca, sabés lo que te va a pasar' (sic). Ello provocó en la víctima diversas afecciones físicas y psíquicas, debiendo incluso implementar determinadas medidas de seguridad..."
3) "Se encuentra plenamente acreditado que, pese a encontrarse debidamente notificado, H. desoyó deliberadamente las mandas judiciales que pesaban a su respecto, manteniendo activas las citadas publicaciones en las aludidas redes sociales durante un considerable espacio temporal..."
4) Bloque dispositivo final: "I. DECLARAR ADMISIBLE el recurso de apelación ... II. RECHAZAR el recurso de apelación deducido y, en consecuencia, CONFIRMAR la sentencia condenatoria dictada en autos ... lo condenó a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional, con más las costas del proceso, imponiéndole además las siguientes reglas de conducta por el mismo plazo: fijar residencia y abstenerse de mantener contacto conflictivo con la víctima de autos y su núcleo familiar..."
- Otros fundamentos: La Cámara ponderó la calidad del testimonio de la víctima y de testigos (hermana y cuñado), el informe psicólogico del Centro de Asistencia a la Víctima, registros de redes sociales y oficios telefónicos que ubicaron antenas cercanas, y los informes de Cibercrimen. Rechazó las objeciones defensistas sobre ambigüedad de las expresiones, falta de testigos presenciales y la falta de vinculación fehaciente de las cuentas, considerando que no introducen duda razonable.
- Fechas y montos relevantes: Hecho principal ocurrido el 9 de noviembre de 2021; medidas cautelares dictadas el 25/11/2021 y 14/12/2021; notificaciones 27/11/2021 y 21/12/2021; capturas/relevamientos de redes de noviembre-diciembre 2021 y mayo 2022; informes de Cibercrimen de mayo de 2023; pena confirmada: 2 años de prisión de ejecución condicional.
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