VICCINO JUAN PABLO C/ ADMINISTRACIÓN ENRIQUE DUHAU S.A.A.G Y OTRO/A S/ DESPIDO
El actor reclamó por despido y se sometió a una transacción parcial con la codemandada por PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($7.500.000). El Tribunal homologó la transacción parcial respecto de ADMINISTRACIÓN ENRIQUE DUHAU S.A.A.G., ordenó la forma de pago por depósito en cuenta del Banco Provincia, reguló costas y honorarios y declaró extinguido el juicio respecto de dicha demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sr. Juan Pablo Viccino.
Demandado: Co-demandada Administración Enrique Duhau S.A.A.G. (y se reserva acción contra Experta ART S.A.).
Objeto: Juicio por despido y rubros laborales reclamados (indemnizaciones, salarios, SAC, vacaciones, diferencias, daños morales, etc.).
Decisión: Se homologó la transacción parcial celebrada entre las partes por $7.500.000 y se declaró extinguido el juicio respecto de ADMINISTRACIÓN ENRIQUE DUHAU S.A.A.G.; se impusieron las costas a la demandada, se eximió del 50% del sellado a la actora, se regularon honorarios y se dispuso la forma de pago (depósito en Caja de Ahorros/Beneficiario Judicial del Banco de la Pcia. de Bs. As.) con plazos para acreditar titularidad de cuenta y justificar los pagos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes del acuerdo):
"Que la referida Transacción es una manifestación bilateral de voluntades que no afecta el orden público y que en tal caso se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes conforme lo dispone el art. 15 de la L.C.T.."
"Que atento a ello y lo prescripto por los Arts. 1.641; 1.643 y 1.644 del Código Civil y Comercial, con el alcance del art. 1.642 del citado código y art. 15 de la L.C.T., entiendo que, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 20 de la ley 6716, debe hacerse lugar a la homologación solicitada, dando por concluido el juicio."
"HOMOLOGAR en cuanto hubiere lugar por derecho la TRANSACCION celebrada entre el actor JUAN PABLO VICCINO y la codemandada ADMINISTRACIÓN ENRIQUE DUHAU S.A.A.G ... ADMINISTRACIÓN ENRIQUE DUHAU S.A.A.G. abonará al Sr. JUAN PABLO VICCINO la suma única, total y definitiva de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($7.500.000), comprensiva de todos los rubros laborales reclamados en autos respecto de dicha parte..."
"Se deja expresa constancia que el presente acuerdo se celebra exclusivamente entre las partes aquí comparecientes y, por lo tanto, sus efectos liberatorios y extintivos se limitan únicamente respecto de ADMINISTRACIÓN ENRIQUE DUHAU S.A.A.G., no comprendiendo ni afectando los derechos, acciones y reclamos que la parte actora mantiene y/o pudiera ejercer contra EXPERTA ART S.A."
"En función del principio de economía procesal y en uso de las facultades establecidas en el artículo 12 de la ley 15.057 se ordena el pago directo a la Caja de Ahorros del Banco de la Provincia de Buenos Aires de titularidad de la parte actora... Ésta deberá en el término de dos (2) días, acreditar en el expediente la titularidad exclusiva de una Caja de Ahorros abierta a su nombre en el Banco de la Provincia de Buenos Aires..."
"Se hace saber a las partes que todo pago que no cumpla con lo indicado será nulo de pleno derecho (art 277 LCT)."
Votos:
- Dra. Maria Clarisa Baldoni: voto inaugural y fundamentos para homologación y forma de pago.
- Dr. Mauro Adrian Rodriguez: adhiere al voto inaugural.
- Dr. Roberto Martin Yannibelli: adhiere al voto inaugural (actuó como magistrado subrogante), dejando constancia sobre su opinión personal respecto a la forma de estipendiar honorarios.
Bloque dispositivo final (mayoría) homologó la transacción y resolvió conforme lo transcripto precedentemente.
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