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ENZETTI ULISES JUAN C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR

El letrado solicitó regulación de honorarios por su intervención ante la Comisión Médica Jurisdiccional en dos expedientes administrativos. El Tribunal hizo lugar y reguló un total de 44,94 JUS arancelarios por las actuaciones administrativas y 7 JUS por los honorarios devengados en autos, con más aportes legales e IVA, imponiendo costas al Fisco.

Regulacion de honorarios Comision medica jurisdiccional Actos administrativos Ley 14.967 Jus arancelarios Costas al fisco Res. srt 298/2017 Inconstitucionalidad (no tratado) Pago en 10 dias Aportes e iva.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Dr. Ulises Juan Enzetti, en su propio nombre, solicitando la regulación de honorarios por su intervención como representante de la Sra. Emma Antonia Bonetti en actuaciones administrativas ante la Comisión Médica Jurisdiccional (Exptes. N° 531599/23 y N° 441753/24). Planteó además la inconstitucionalidad del art. 5° de la Resol. 34-SSCHMJGM/2019. Demandado: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Objeto: Regulación de honorarios por trabajos extrajudiciales (actuaciones administrativas ante Comisión Médica) y que se impongan las costas a la parte demandada. Decisión: Se hizo lugar al pedido de regulación de honorarios. Se reguló en conjunto 44,94 JUS arancelarios por las actuaciones profesionales en los expedientes administrativos indicados, más aportes de ley e IVA si correspondiera; además se regularon 7 JUS por los honorarios devengados en autos. Las costas se impusieron al Fisco. Plazo de pago: diez (10) días desde que quede firme el decisorio. No se pronunció sobre la inconstitucionalidad planteada por resultar inoficioso.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En el caso quedó acreditado que la parte actora ejecutó labores propias de su profesión en el marco de actuaciones administrativas ante Comisión Médica." "La labor desplegada se encuentra alcanzada por la Ley 27.348 art. 1 y la Res. SRT 298/2017, arts. 36 y 37. Por ello, conforme el criterio mantenido por este Tribunal, corresponde distinguir a los fines arancelarios si de las actuaciones ante Comisiones Médicas surge a) monto determinado, regular 13,12% del capital al valor histórico de su homologación (art. 21, 44 inc b de la Ley 14.967 ...); y b) inexistencia de cuantía, corresponde encuadrar la gestión de cada expediente como actuación administrativa ante organismo público y fijar el mínimo de diez (10) jus (art. 44 in fine, Ley 14.967. Dec. 1759/72, regl. Ley 19.549, art. 7 inc. a ...)." "Respecto al expediente N° 531599/23 ... al no existir monto cuantificado, corresponde encuadrar en la opción b: art. 44 inc. b, última parte, y regular los honorarios por las actuaciones administrativas en la suma equivalente en pesos a siete (7) jus arancelarios, con más aportes de ley (Ley 6.716) e IVA si correspondiere, teniendo en cuenta la actuación de la Dra. Piñuel." "En cuanto al Expediente N° 441753/24, ... homologó acuerdo por la suma de $ 15.272.968,02, por lo que corresponde encuadrar en la opción a). El 13,12% resulta la suma de $ 2.003.813,40 lo que representa regular honorarios por las actuaciones administrativas en la suma equivalente en pesos a 56,90 JUS arancelarios (valor $ 35.212 conf. Ac. 4167/25 SCBA), con más aportes de ley (Ley 6716) e IVA si correspondiere. ... corresponde regular los honorarios del litigante activo por dos etapas dicho expediente en la suma equivalente a 37,94 JUS (arts. 21, 44, 55 y conc. de la ley 14.967)." "No otorgar tratamiento a la inconstitucionalidad del artículo 5to. de la Resolución 34-SSCHMJGM dictada el 4-4-2019, planteada por el actor, por resultar inoficioso atento el modo en que se resuelve el presente." Dispositivo (extracto relevante): "I.
- HACER LUGAR al pedido formulado por el Dr. ULISES JUAN ENZETTI y REGULAR sus honorarios profesionales ... en 44,94 JUS ARANCELARIOS (conf. arts. 44 y 45 último párr. de la Ley 14.967), con más aportes de ley (Ley 6.716) e IVA ... que deberá ser abonado por la demandada en el plazo de diez (10) días de quedar firme el presente decisorio (conf. art. 54 Ley 14.967)." "II.
- IMPONER las costas del proceso a cargo de la requerida FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ..." "III.
- REGULAR los honorarios profesionales devengados en autos por el Dr. ULISES JUAN ENZETTI en la cantidad de 7 JUS ARANCELARIOS ... A la regulación precedente deberá adicionarse los aportes de ley ... y el 21% en concepto de IVA, para el supuesto de que el profesional acredite su carácter de responsable inscripto." (No hubo voto en disidencia; los tres magistrados acordaron el dispositivo por mayoría.)

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