CATRAMBONE VICTOR RODOLFO C/ MUNICIPALIDAD DE LA MATANZA - JUZGADO DE FALTAS S/ AMPARO POR MORA
El actor promovió un amparo por mora contra la Municipalidad de La Matanza solicitando orden de pronto despacho sobre varias actuaciones de Juzgado de Faltas. El Tribunal declaró la cuestión abstracta por haberse dictado los actos administrativos posteriores, rechazó la pretensión y archivó el expediente, imponiendo las costas a la demandada y regulando honorarios por 5 Jus al abogado patrocinante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Víctor Rodolfo Catram-bone (DNI 14.441.243), por derecho propio, con patrocinio del Dr. Mauricio Delpir.
Demandado: Municipalidad de La Matanza.
Objeto: Amparo por mora (art. 76 CCA) para que se libre orden judicial de pronto despacho y se resuelvan diversas actas administrativas (números consignados) que tramitan en el Juzgado Municipal de Faltas. Se alega que la Municipalidad debía resolver dentro de los plazos legales (cita Ley Prov. 13.927 art. 35 inc. g) y que transcurrido ese término no lo hizo.
Decisión: Se declaró la cuestión abstracta y se dispuso el archivo de las actuaciones; se impusieron las costas a la demandada; se regularon honorarios al letrado patrocinante en 5 (cinco) Jus más aditamento legal e IVA.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Atento lo expuesto y teniendo en consideración que de las constancias acompañadas en la presentación efectuada en fecha 17/6/2026 y 19/6/2026 se desprende que si bien se ha cumplido con el dictado de los actos administrativos pertinentes a la fecha de interposición de la demanda sin perjuicio de que no surge de las mentadas actuaciones que se haya notificado al aquí solicitante. Deviniendo entonces improcedente dictar decisión alguna respecto a la mora de la administración debiendo declararse abstracta la cuestión."
"Así lo ha decidido el cimero Tribunal, donde fuera expresado que 'si el agravio del accionante, al momento de iniciar la acción, estribaba en que no se le había conferido vista de las actuaciones administrativas en las que se investigaban hechos en los que podría verse involucrado, se torna abstracta la cuestión si, antes del dictado de la sentencia, el órgano administrativo le confirió la vista y aquél efectivamente la ejerció, ofreciendo pruebas' (SCBA, B 60912 S 27-12-2000; CARATULA: González Eliçabe, Ariel s/ Amparo )."
"Que en razón de lo expresado precedentemente, corresponde imponer las costas a la demanda en su condición de vencida (art. 51 inc. 1 del C.C.A, texto según Ley nº 14.437); por no cumplir en término con el art. 76 inc. 2 CCA, conforme lo que surge de la presentación recepcionada en autos con fecha 19/06/2026, atento no haberse dictado el correspondiente acto administrativo en su debido tiempo."
Bloque dispositivo final (transcripción textual):
"RESUELVO:
1ero.-) Declarar la cuestión abstracta, disponiendo el archivo de las presentes actuaciones.
2do.-) Imponer las costas a la demandada (conf. art. 51 CCA).
3ro.-) Regular, teniendo en cuenta el mérito de la actuación profesional del letrado solicitante y lo normado en el Art. 3 Ley Nº 15016, los honorarios del Dr. Mauricio Delpir Tomo XVI Folio 971 CAM en su carácter de letrado patrocinante de la parte actora, en 5 (cinco) Jus. Con más el aditamento legal e IVA si correspondiese. NOTIFIQUESE con la transcripción legal. (arts. 135 CPCC, 54 y 47 Ley 14967 conf. Ley 14.437 ; arg. art., 12 inc. a) Ley 6716).
4to.-) Regístrese y Notifíquese por Secretaria conforme lo normado por la Ac. 4013/21 y 4039/21 de la SCBA."
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