Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VIVAS JUAN ELISEO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución en causa de trance y remate contra Juan Eliseo Vivas por deuda fiscal. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta obtener el pago íntegro de $404.088,50 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal e impuso las costas al vencido.

Ejecucion fiscal Trance y remate Fisco de la provincia de buenos aires Pago de capital $404.088 50 Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida de derecho procesal (art. 7 ley 13.406) Costas al vencido (art. 25 ley 13.406) Regulacion de honorarios diferida (art. 51 ley 14967) Notificacion y constitucion de domicilio en estrados Apremio provincial

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: VIVAS JUAN ELISEO. Objeto: Ejecución por deuda fiscal por el capital reclamado de Pesos CUATROCIENTOS CUATRO MIL OCHENTA Y OCHO CON 50/100 ($404.088,50) más intereses según art. 104 del Código Fiscal. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; la causa continúa en trance y remate y se ordena llevar adelante la ejecución hasta que el demandado abone íntegramente $404.088,50 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal. Se imponen las costas al vencido. Se difiere regulación de honorarios según ley aplicable y se tiene al demandado por constituido el domicilio en los estrados del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal): "No habiendo la parte ejecutada, debidamente intimada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 7 Ley 13.406). Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los art. 7, 10, 25 y ccs de la Ley 13.406 :" "RESUELVO: I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de Pesos CUATROCIENTOS CUATRO MIL OCHENTA Y OCHO CON 50/100 ($404.088,50) con mas los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (t.o. según Res. 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda en Receptoría General de Expedientes y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (cfme art. 25 ley 13406).-" "II.
- Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el Art. 51 de la Ley 14967. (Art. 15 y 22 Ley 13.406). Téngase al demandado por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado REGISTRESE
- NOTIFIQUESE.
- en los términos del art. 13 LAP.
- Notifíquese la presente providencia en los términos de los Acs. 4013 y 4039/21 SCBA."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar