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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ACHARES FRANCO EZEQUIEL S/ APREMIO PROVINCIAL

Acción de apremio provincial por deuda fiscal contra Franco Ezequiel Achares. El Tribunal dictó sentencia de trance y remate ordenando continuar la ejecución hasta el pago íntegro de $1.329.558,30 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal e impuso las costas al vencido.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Trance y remate Ley 13.406 Art. 104 codigo fiscal Intimacion de pago Domicilio constituido Costas Monto $1.329.558 30 Intereses judiciales.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: FRANCO EZEQUIEL ACHARES. Objeto: Ejecución por deuda fiscal por la suma de Pesos UN MILLON TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 30/100 ($1.329.558,30), con aplicación de intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se tuvo por constituido el domicilio del ejecutado en los estrados del Juzgado, se dictó sentencia de trance y remate ordenando llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamo más intereses, se impusieron las costas al vencido y se diferirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes tal como aparecen en la sentencia): "El demandado FRANCO EZEQUIEL ACHARES, cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio Fiscal: Calle BRANDSEN
- Nro. 780
- CP. 8000
- Loc. BAHIA BLANCA (ver mandamiento adjuntado digitalmente), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC). Por ello, conforme lo pedido y dispuesto por la Ley 13.406, RESUELVO: 1) Tener por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 del CPCC). 2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado FRANCO EZEQUIEL ACHARES haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado de Pesos UN MILLON TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 30/100 ($1.329.558,30). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. 3) Imponer las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556, CPCC) y diferir la regulación de honorarios para su oportunidad."
- Observaciones sobre el desarrollo procesal relevantes: se consignó que la intimación y constitución de domicilio se practicó en el domicilio fiscal señalado y que el demandado no opuso excepciones dentro del plazo legal, por lo que se lo tuvo por perdido en su derecho, lo que fundamenta la resolución de trance y remate.

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