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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MATIAS GERARDO ALBERTO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicitó la homologación judicial de un acuerdo de pago en un apremio provincial. El Tribunal homologó el acuerdo, reconoció la firma y dejó expresamente presentes los honorarios pactados a favor del letrado del Fisco por $109.134, invocando normas provinciales y precedentes de la SCBA para preservar la seguridad jurídica.

Apremio provincial Homologacion de acuerdo Art. 23 ley 13.406 Honorarios Fisco de la provincia de buenos aires Seguridad juridica Morcillo (scba) Ac. scba 3871 Caja de abogados Pago acordado

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: MATIAS GERARDO ALBERTO. Objeto: Judicial homologación de un acuerdo de pago presentado en expediente de apremio provincial (art. 23 ley 13.406). Decisión: Se reconoció la firma del acuerdo, se homologó el acuerdo conforme art. 23 de la ley 13.406 y se tuvo por presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco por $109.134, con fundamento en normativa provincial y precedentes de la SCBA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes del fallo): "RESUELVO: I.
- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.- II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la ley 13.406.- III.
- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, SABALZA DOMINGUEZ MARIA DEL ROSARIO, en la suma de PESOS CIENTO NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON 0/100 ($109.134,00) de conformidad a lo prescripto en los artículos 22 de la ley 13.406, y modif. -art. 2 ley 15.016
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 del Dec. Ley 8904/77, con más el aporte de ley 6.716. Ello, en virtud de la fecha de inicio del expediente, lo dispuesto por la SCBA en la causa "Morcillo" (sent. del 08/11/2017), el Ac. SCBA 3871, como asimismo el criterio sentado por la Caja de Abogados en el expediente remitido en consulta caratulado "Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/ Re, Rita Edith y otro/a s/ Apremio Provincial" (expte. 14.635). Tal criterio, a fin de preservar el principio de seguridad jurídica para las partes convinientes en cuanto a las reglas aplicables a tal justipreciación.- REGISTRESE, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA."
- Observaciones sobre fundamentación: El Tribunal fundamenta la homologación y la aplicación de las pautas de cálculo de honorarios en la fecha de inicio del expediente, en lo dispuesto por la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires en la causa "Morcillo" (sent. 08/11/2017), en el Acuerdo SCBA 3871 y en el criterio de la Caja de Abogados (expte. 14.635), atendiendo a la preservación del principio de seguridad jurídica en la justipreciación.

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