FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RODRIGUEZ GUSTAVO ALBERTO S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial solicitó la homologación judicial de un acuerdo de pago en el marco de apremio provincial. El Tribunal homologó el acuerdo y reconoció la firma, además de tener presentes los honorarios pactados a favor de la letrada del Fisco por $211.591,56.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Rodríguez Gustavo Alberto.
Objeto: Homologación judicial de un acuerdo de pago suscripto en el marco del procedimiento de apremio provincial (art. 23 Ley 13.406).
Decisión: Se reconoció la firma en el acuerdo, se homologó el acuerdo de pago con los alcances del art. 23 de la Ley 13.406 y se dejaron presentes los honorarios pactados a favor de la letrada representante del Fisco por PESOS DOSCIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO CON 56/100 ($211.591,56). Regístrese y notifíquese a las partes.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual constan en la sentencia):
"Agréguese la presentación en despacho, mediante la cual el representante del Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicita la judicial homologación del acuerdo oportunamente presentado:"
"RESUELVO:
I.
- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.-
II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406.-
III.
- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, SABALZA DOMINGUEZ MARIA DEL ROSARIO, en la suma de PESOS DOSCIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO CON 56/100 ($211.591,56) . Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716.-"
"REGISTRESE, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A.-"
(No se consignan votos en disidencia ni otros fundamentos adicionales en el texto proporcionado.)
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