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CUZZONI CARLOS JUAN S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramitaron actuaciones de declaratoria de herederos por el fallecimiento de Carlos Juan Cuzzoni. El Tribunal declaró heredera a su cónyuge Nelly Susana Furno, disponiendo notificación y registración conforme a lo solicitado y al dictamen del Ministerio Fiscal.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Conyuge heredera Publicacion de edictos Codigo civil y comercial (arts. 2426 2433) C.p.c. (arts. 734 735 737) Ministerio publico (agente fiscal) Registro de testamentos Registro de juicios universales Notificacion / registro observacion: no figura en el acta el nombre del juez que dicto la resolucion La resolucion se apoyo en certificado de defuncion (11/03/2026) Certificado de matrimonio (30/04/1987) Publicacion de edictos y dictamen fiscal (31/08/26).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público (Agente Fiscal), peticionario de la causa. Demandado: Sucesión de Carlos Juan CUZZONI. Objeto: Dictar declaratoria de herederos por fallecimiento del causante. Decisión: Se declaró heredera a la cónyuge Nelly Susana FURNO, en los términos expresados en el dispositivo, y se ordenó registrar y notificar; cesó la intervención del Agente Fiscal.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del expediente): "Que con el certificado acompañado en PDF en la presentación de fecha 13/05/26, se acredita el fallecimiento de Carlos Juan CUZZONI, ocurrido el día 11/03/26, en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, siendo de estado civil casado." "Que con el certificado de matrimonio acompañado en PDF en la presentación de fecha 13/05/26, se acredita el matrimonio del causante con Nelly Susana FURNO, celebrado el día 30/04/87 en la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires." "I) Que con los ejemplares acompañados en PDF con la presentación de fecha 20/08/26, se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C.. II) Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara la Actuaria. III) Que en las contestaciones de fecha 19/06/26 y 24/06/26, obran los oficios debidamente informados por el Registro de Testamentos y el Registro de Juicios Universales." "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal mediante dictamen de fecha 31/08/26 y lo dispuesto en los arts. 2.426 y 2.433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C. DECLARO: Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por el fallecimiento de Carlos Juan CUZZONI, lo sucede en el carácter de heredera su cónyuge Nelly Susana FURNO; esta última en cuanto a los bienes propios se refiere y si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales. REGISTRESE. NOTIFIQUESE." "Cese la intervención del Señor Agente Fiscal dándose vista digital de las presentes actuaciones."

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