IBAÑEZ, INES MIRTA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Ibañez demandó a la ANSeS solicitando reajuste de haberes y recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU) por aplicación de índices de actualización. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada, ordenó el recálculo de la PBU según el índice y método aplicables, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, diferió la discusión sobre la ley 27.609 para ejecución, y asignó costas y honorarios en la forma allí dispuesta.
¿Quién es el actor?
IBAÑEZ, INÉS MIRTA.
¿A quién se demanda?
A.N.Se.S (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales; recalculo de la Prestación Básica Universal (PBU); impugnación de normas de movilidad (ley 27.426 y ley 27.609), intereses y cuestión del impuesto a las ganancias; determinación de topes y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; ordenó el recálculo de la PBU conforme el índice y método establecidos en los antecedentes citados por el juez de primera instancia; diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU nº 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; y reguló los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripciones literales relevantes):
1) "Respecto al tratamiento dado a la Prestación Básica Universal (PBU), corresponde confirmar lo ordenado en la sentencia sobre el punto de conformidad a los precedentes citados por el juez a quo de Nuestro Máximo Tribunal de Justicia y a los antecedentes dictados por esta Alzada."
2) "Ahora bien, sobre la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación..."
3) "En mérito del Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I) Confirmar parcialmente la sentencia apelada... II) Ordenar el recálculo de la PBU conforme el índice y método establecidos en los antecedentes citados por el juez a quo. III) Diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución conforme precedente 'MAS'. IV) Declarar de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU nro. 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida..."
- Disidencia: El Dr. Aníbal Pineda expresó disidencia respecto de la solución sobre la declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.609 (remitiéndose a su voto en autos "MAS, MABEL GLADIS ..."), pero dicha posición quedó en minoría respecto del acuerdo mayoritario que difirió el tratamiento para la etapa de ejecución.
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