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SOGLIA GIMENEZ LEONEL PEDRO OMAR C/ BENITEZ HECTOR RAÚL S/ COBRO EJECUTIVO

El actor promovió ejecución por cobro de pagarés por un capital total reclamado de $2.470.000. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó continuar la ejecución hasta el pago integral del capital más intereses calculados según la tasa activa promedio de descuentos a 30 días del Banco Provincia y condenó en costas al ejecutado.

Cobro ejecutivo Pagares Ejecucion / remate Intereses: tasa activa promedio banco provincia Mora (fechas de constitucion en mora: 02/12/24 05/12/24 05/1/25 05/2/25 29/11/24 05/11/25 01/10/25) Costas al vencido Domicilio procesal constituido Regulacion de honorarios diferida Codigo procesal civil y comercial (arts. 116 155 540 556 68) Tribunal de primera instancia observacion: el fallo es una sentencia de ejecucion en primera instancia que ordena continuar la ejecucion por $2.470.000 mas intereses y condena en costas al demandado.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: SOGLIA GIMENEZ LEONEL PEDRO OMAR. Demandado: BENITEZ HECTOR RAÚL. Objeto: Cobro ejecutivo por pagarés cuyo capital reclamado asciende a $2.470.000 y sus intereses. Decisión: Se dictó sentencia de remate/ejecución ordenando continuar la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado ($2.470.000) más intereses; se impusieron las costas al accionado; se diferió la regulación de honorarios; y se constituyó domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "I
- La parte demandada, intimada de pago en el domicilio ubicado en la calle Joaquín V. Gonzalez N°9253, de Moreno (véase mandamiento diligenciado el 14/07/26 notificado bajo responsabilidad de la parte actora, incorporado en autos en trámite del día 17/07/2026), no compareció conforme a derecho ni opuso excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según lo informa el Actuario en este acto, por lo que cabe darle por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116 y 155, C.P.C.C.). En tales condiciones, corresponde dictar sentencia de remate (art. 540 "in fine" del C.P.C.C.)." "II
- Respecto a los intereses, deben ser liquidados según la tasa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones promedio de descuento a 30 días, vigente en el período de aplicación, el que será calculado desde la fecha de constitución en mora (02/12/24 para los pagarés por $307.000 de fs. 1 a 4; 05/12/24 para el pagaré por $218.00 obrante a fs. 5; 05/1/25 para el pagaré por $218.000 de fs. 6; 05/2/25 para el pagaré por 218.000 de fs. 7; 29/11/24; 29/11/24 para el pagaré por $185.000 obrante a fs. 8; 05/11/25 para el pagaré por $218.000 obrante a fs. 9, 01/10/25 para el pagaré por $185.000 obrante a fs. 10) hasta el efectivo pago, mediante la aplicación que surge del sitio web www.scba.gov.ar (opción "Servicios", "Cálculo de Intereses en Línea", "Tasa Activa Promedio de Descuentos a 30 días")." "III
- Las costas han de ser impuestas al accionado que resulta vencido (arts. 556 y 68 del C.P.C.C.)." SENTENCIA: "1°) Mandar llevar adelante la ejecución promovida por SOGLIA GIMENEZ LEONEL PEDRO OMAR contra BENITEZ HECTOR RAÚL hasta tanto la parte deudora le haga a la parte acreedora íntegro pago del capital reclamado de $2.470.000, con más los intereses que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando segundo; 2°) Imponer las costas al accionado por resultar vencido (art. 68, C.P.C.C.); 3°) Diferir la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la ley 14967; 4°) Tener por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41, C.P.C.C.)."

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