VARELA MARIA EUGENIA S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
La actora solicitó la declaración de su quiebra por insolvencia derivada de créditos de consumo impagables. El Tribunal declaró la quiebra de María Eugenia Varela, dispuso desapoderamiento e inhibición general de bienes, fijó plazos para la sindicatura, determinó medidas para proteger el patrimonio e impuso embargo salarial hasta el 20%.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: María Eugenia Varela, quien solicitó la declaración de su propia quiebra.
Demandado: No existe demandado individual; es una quiebra voluntaria promovida por la interesada.
Objeto: Declaración de quiebra por cesación de pagos y situación de insolvencia; tramitación en forma de Pequeña Quiebra.
Decisión: Se declaró la quiebra de María Eugenia Varela (DNI 40.348.583), se operó el desapoderamiento de bienes, se decretó inhibición general de bienes sin plazo de caducidad, se ordenaron oficios registrales y a organismos, se fijaron audiencias y plazos para la sindicatura y la verificación de créditos; se dispuso embargo sobre haberes hasta el 20% y apertura de cuenta para depósitos; se fijaron montos de arancel conforme ley (10% del SMVM) y se establecieron publicaciones edictales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, texto original del Tribunal):
"Que mediante la presentación de fecha 20/8/2026, María Eugenia Varela solicita se declare su propia quiebra."
"Manifiesta que es Sargento de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, prestando servicios en jornada completa en CRIA.MUJER Y FLIA.SALADILLO, cuyo trabajo a lo largo de su vida le ha permitido sostenerse ella a su grupo familiar, compuesto por sus hijos DE PAULA LUA de 14 años, PESARESI IRINA de 4 años, VARELA AZIEL de años y ELIAN de 7 meses."
"Que la fecha de cesación de pagos ha sido el día 19/8/2024, cuando solicitó un crédito para cubrir deudas y alimentos básicos, y advirtió que no podría afrontar las deudas acumuladas y en paralelo subsistir sin continuar endeudándose."
"Manifiesta que su único activo son los haberes que percibe como dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, declara que no posee bienes muebles ni inmuebles registrables (aclarando en la presentación en proveimiento sobre el rodado que surge del informe actuarial) y que estima su pasivo a la fecha en la suma de $28.569.390,54."
Bloque dispositvo final (transcripción parcial esencial):
"RESUELVO: 1°) Declarar la quiebra de María Eugenia Varela (DNI 40.348.583) ... operándose de pleno derecho el desapoderamiento de sus bienes existentes a la fecha del presente decisorio, y de los que adquiriese hasta su rehabilitación... 2º) Decretar la inhibición general de bienes del fallido sin plazo de caducidad... 3º) Intimar al fallido para que dentro del plazo de veinticuatro horas, ponga a disposición del Juzgado todos sus bienes... 8°) Fijase la audiencia del día viernes 4 de Septiembre de 2026 a las 10.00 hs. para el sorteo del síndico... 15°) En cuanto al arancel... el arancel que corresponde es de pesos treinta y siete mil seiscientos sesenta ($37.660)... 17°) Dispónese el embargo sobre los haberes que percibe el fallido... hasta el 20 %."
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