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GABIASSI MARTHA NOEMI S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitud de rectificación registral por error en número de matrícula. El Tribunal hizo lugar a la rectificación y ordenó dejar establecido que el número correcto de matrícula es 3792/13, invocando los arts. 36 inc. 3) y 166 inc. 2) del CPCC.

Rectificacion Matricula Inscripcion registral Cpcc arts. 36 y 166 Orden judicial San justo Primera instancia Correccion de error material Diligenciamiento registral Providencia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Presentación electrónica titulada "SOLICITA SE RECTIFIQUE AUTOS" (solicitante no individualizado en el texto). Demandado: No consta individualización del demandado en la providencia. Objeto: Rectificación del número de matrícula del inmueble cuya inscripción se ordenó con fecha 05/05/2026, por haberse consignado erróneamente el número de matrícula. Decisión: Se hizo lugar a la solicitud y se dejó establecido que el número correcto de matrícula es Matricula N° 3792/13. Se ordenó que se registre la corrección en relación al RS Nº 200 y RH N° 168 y se fundamentó la decisión en los arts. 36 inc. 3) y 166 inc. 2) del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes): "Atento lo solicitado y, en uso de la facultad prevista en los arts. 36 inc. 3) y 166 inc. 2) del CPCC; habiéndose consignado erróneamente el numero de matricula correspondiente al inmueble cuya inscripción se ha ordenado en fecha 05/05/2026, déjese establecido que el numero correcto es Matricula N° 3792/13. REGÍSTRESE en relación al RS Nº 200 y RH N° 168 (cfr. SCBA15/9/81; DJBA, 122-176)."

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