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SAYAGO, MARIO CESAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste previsional y cobro de retroactivos reclamados contra ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 y condenó en costas a la demandada conforme al artículo 36 de la ley 27.423.

Reajustes previsionales Anses Retroactivos Impuesto a las ganancias Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas Ley 27.423 Honorarios Camara federal de rosario


¿Quién es el actor?

Sayago, Mario César.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes de haberes previsionales y pago de diferencias retroactivas; discusión sobre tratamiento de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre retroactivos y costas/honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU Nº 157/2018 y, en consecuencia, impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme al artículo 36 de la ley 27.423; reguló honorarios ante la alzada en el 30% de lo que se les fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "I) Confirmar la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios, conforme lo aquí expuesto y en los precedentes mencionados." "II) Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423." "III) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes ante la alzada en el 30% de lo que respectivamente se les regule en primera instancia a los profesionales de la parte." Además, el voto destaca: "en cuanto a la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación..." y remite a los precedentes "GARCIA... DATTORE... Villamayor..." como fundamento para la exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos.
- Disidencias relevantes: No consta disidencia en el Acuerdo; las juezas y el juez votaron en el sentido del pronunciamiento que integra la parte resolutiva.

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