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PERNIGOTTI NANCY ELISABET c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS por reajustes varios, incluyendo reclamos sobre PBU, actualización de remuneraciones, topes y retención del impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al recurso de ANSeS y confirmó la sentencia apelada en lo demás, ordenando costas y fijando honores de la letrada de la actora en el 30% de lo que se otorgue en primera instancia.

Pbu Reajustes Anses Costas Ley 27.423 Actualizacion de remuneraciones Impuesto a las ganancias Honores letrados 30% Seguridad social Topes


¿Quién es el actor?

Pernigotti Nancy Elisabet.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales (incluyendo actualización de remuneraciones que integran la Prestación Compensatoria, Prestación Adicional por Permanencia e Ingreso Base), reclamo por Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes de la ley 24.241 y 24.463, impugnación de la retención del impuesto a las ganancias, incorporación de sumas no remunerativas, tasa de interés y costas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso deducido por la parte actora y se hizo lugar parcialmente al recurso interpuesto por la parte demandada; se confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado conforme al art. 68 CPCCN en cuanto surjan sumas a favor del actor (y, en caso contrario, en el orden causado según art. 36 ley 27.423); se confirmó la sentencia atacada en los demás puntos que fueron materia de agravios; costas por su orden en la Alzada; y se determinaron los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "Por lo expuesto, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de esta Sala “Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, contemplando asimismo el precedente “Quiroga” citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida." 2) "Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—), padezcan de ajuste o no las restantes prestaciones. Ello se multiplicará por cien y, determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis." 3) "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)." 4) (Bloque dispositivo) "el Tribunal RESUELVE: 1) Rechazar el recurso deducido por la parte actora, hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto por la parte demandada ... 2) confirmar la sentencia atacada en los demás que decide y fue materia de agravios; 3) Costas por su orden en la Alzada ...; y 4) Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior..."
- Disidencias: Se deja constancia que la Dra. Nora C. Dorado no suscribe por hallarse en licencia; no se registra voto en disidencia firmado en el dispositivofinal que modifique lo resuelto por mayoría.

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