RAMIREZ, ISRAEL ALEJANDRO c/ LA EQUITATIVA DEL PLATA S. A. DE SEGUROS s/ORDINARIO
Reclamó el beneficiario el cobro de seguros por accidente in itinere y daños derivados del incumplimiento de la aseguradora. La Cámara admitió parcialmente la apelación de La Equitativa: confirmó la condena por el 50% de los capitales asegurados actualizado y el daño moral, revocó la condena por daño punitivo y fijó pautas de actualización e intereses (6% hasta 17.01.2026 y TIM luego).
¿Quién es el actor?
Israel Alejandro Ramírez.
¿A quién se demanda?
La Equitativa del Plata S.A. de Seguros.
- Objeto de la demanda: Pago de seguros por accidente (fractura de calcáneo derecho, incapacidad permanente parcial 16%), actualización de capitales asegurados, intereses, daño moral y daño punitivo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara admitió parcialmente el recurso de apelación de La Equitativa; revocó la condena al pago del daño punitivo; modificó la condena relativa al pago de los seguros conforme al punto III.2 (se confirma el pago del 50% de los capitales asegurados pero debe tomarse el 50% de las sumas vigentes actualmente o, si fuera inferior, el monto fijado en primera instancia), reguló la tasa de interés aplicable (tasa pura del 6% anual desde la mora hasta la determinación del valor actual; luego la TIM desde el 18.01.2026 hasta el pago efectivo, con la salvedad de estarse a la TABN si ésta resultara más favorable por efecto del recurso) y condenó en costas a La Equitativa en alzada. Notificó además la publicación digital y devolución al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Por ello, para liberarse de su obligación de indemnizar o, en todo caso, limitarla, la aseguradora no puede oponer defensas que no haya invocado al momento de rechazar el siniestro ... Si no lo hace, es responsable de las consecuencias de la falta de ejercicio de su carga legal y convencional de constatar la ocurrencia del siniestro y, en su caso, rechazarlo adecuadamente."
"En consecuencia, corresponde rechazar el agravio y confirmar la sentencia recurrida en cuanto condenó a La Equitativa a pagar al señor Ramírez el 50% de los capitales asegurados."
"El 50% de las sumas que emplee en la actualidad ―o, en su defecto, el monto fijado en la sentencia de primera instancia, si este fuera inferior― devengará intereses a una tasa pura del 6% anual desde la fecha de mora en el cumplimiento del contrato de seguro hasta la fecha de la determinación de su valor actual. Solo se devengarán intereses a la 'Tasa de Intereses Moratorios' (TIM), publicada en el Boletín Oficial... hasta el efectivo pago, en caso de incumplimiento de esta sentencia."
"Por lo tanto, corresponde hacer lugar al agravio y revocar la sentencia en cuanto condenó a La Equitativa a pagar la suma de $ 4.000.000, en concepto de daño punitivo."
- Disidencias relevantes: No existen votos en disidencia; los doctores Djivaris y Ballerini adhirieron al voto que antecede.
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