GONZALEZ RAMON SANTIAGO C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando indemnización por incapacidad. El Tribunal hizo lugar a la demanda, determinó incapacidad laboral del 6,37% T.O. y condenó a la aseguradora al pago de $6.433.160 con costas y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ramón Santiago González, por su letrada Dra. Lucía Antonella Fraccarolli.
Demandado: Provincia ART S.A. (Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.).
Objeto: Indemnización por infortunio laboral (art. 14 LRT y art. 3 Ley 26.773) por accidente ocurrida el 9/1/2022 mientras trabajaba para RONZAL S.A.; se solicita reconocimiento de incapacidad y prestaciones; se plantearon inconstitucionalidades.
Decisión: Se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva; se hizo lugar a la demanda; se reconoció incapacidad parcial, permanente y definitiva del 6,37% T.O. en relación causal con el accidente; se condenó a PROVINCIA ART S.A. a pagar $6.433.160 dentro de 10 días, con imposición de costas a la demandada y regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En la pericia producida en autos el perito determinó que la actora presenta incapacidad, de grado parcial y carácter permanente, en relación causal con el accidente por sinovitis crónica ambas rodillas y limitación funcional hombro derecho del orden del 21.84% TO, incluidos los factores de ponderación y mano hábil. Asigna una incidencia laboral del 100% en las incapacidades mesuradas.
La demandada impugna el informe y sus conclusiones y perito contesta manteniendo y ratificando el informe inicial.
Considero que los embates formulados a la pieza pericial no enervan el valor científico de la misa por lo que no encuentro motivos para apartarme de ella (art. 474 del CPCC).
De las actuaciones administrativas obtengo que el actor es portador de preexistencias por un total de 66.87% TO (10.42 + 12 + 25.2 + 19.25).
Así, y mediante la fórmula de capacidad restante por preexistencias considero que el actor es portador de incapacidad del 6.37% TO por el siniestro del 9/1/2022 (limitación funcional hombro derecho 7% CR 33.13 = 2.31%, sinovitis crónica rodilla derecha 6% CR 26.13 = 1.56%, sinovitis crónica rodilla izquierda 6% CR 20.13 = 1.20%, mano hábil 5% = 0.11%, factor de ponderación Dificultad 20% = 1.01% y factor de ponderación Edad 0.18%) (art. 474 y Baremo LRT)."
"Cálculo de la prestación debe realizarse, de acuerdo a la siguiente fórmula: valor ingreso base mensual ($ 41.175,97) x 53 x incapacidad (6.37% ) x coeficiente de edad (65/59) = $ 153.151,22 más 20% $ 30.630,24 TOTAL $ 183.781,46
El monto histórico de la fórmula es inferior al mínimo previsto por la Res 49/2021 -vigente al momento del siniestro
- para una incapacidad como la determinada en autos. Atento lo cual corresponde determinar la indemnización del actor en el mínimo previsto para una incapacidad como la determinada en autos por la suma de $ 321.328,79 más 20% $ 64.265,76. Lo que arroja la suma total de $ 385.594,55."
"Aplicando la actualización propuesta por la Dra. Hidalgo en virtud del art. 55 ley 27.802, y dado que el resultado de la tasa pasiva deviene inferior al piso mínimo establecido por la normativa referenciada, corresponde aplicar este último; en consecuencia, auspicio hacer lugar a la demanda por la suma de PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA ($ 6.433.160.-)."
- Observaciones sobre votos: La Dra. Boxler votó con el análisis técnico y cálculo previo (determinación de incapacidad 6,37% y monto histórico/hoy mínimo $385.594,55) y propuso la condena en ese marco; las Dras. Hidalgo y Metta adhirieron a sus conclusiones pero aplicaron la actualización conforme art. 55 ley 27.802 y adoptaron el piso del régimen, resultando en la condena por $6.433.160. El dispositivo final del Tribunal refleja la solución mayoritaria que condena a la demandada a pagar $6.433.160 y dispone intereses moratorios y costas.
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