R., N. A. c/ T. A. S.A.C. (LINEA 57) Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad psíquica.
¿Quién es el actor?
N. A. R.
- Demandados: T. A. S.A.C. (LÍNEA 57) y M. R. L.; M. Sociedad de Seguros Mutuos (citada en garantía)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia, aumentando la indemnización por incapacidad psíquica a $450.000 y aplicando una tasa de interés diferenciada. Se revoca la declaración de inoponibilidad de la franquicia a la aseguradora.
Fundamentos relevantes:
- La actora sufrió traumatismos cervicales y dorsolumbares que le generaron una incapacidad del 8%. Asimismo, padeció un Trastorno Adaptativo Leve con una incapacidad psíquica del 10%.
- Corresponde reparar la incapacidad psíquica permanente, más allá de que la víctima se desempeñe o no en una actividad productiva.
- Los gastos médicos y de traslado se presumen razonables en función de la índole de las lesiones, aunque no se hayan acreditado.
- Procede aplicar una tasa de interés del 8% anual desde el hecho hasta la sentencia, y la tasa activa fijada desde allí, para evitar la superposición con el componente que contempla la pérdida del valor adquisitivo.
- Corresponde declarar la oponibilidad de la franquicia a la víctima, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema que descalificó el fallo plenario que había establecido su inoponibilidad.
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