ECHAVE, ELENA FELISA c/ ROJAS GNC SRL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad psicológica y gastos de tratamiento psicológico, y estableció que el límite de cobertura de la aseguradora debe ajustarse a las normas vigentes al momento del efectivo pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Las actoras -Elena Felisa Echave y María Estrella Nieto
- demandaron a Jonatan Nicolás Raboso y a "Rojas GNC SRL" por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que falleció la hija de Echave y hermana de Nieto.
- La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y elevó a $300.000 la indemnización por incapacidad psicológica para cada actora, y a $25.000 la correspondiente a gastos de tratamiento psicológico.
- Asimismo, estableció que el límite de cobertura de la aseguradora "Paraná SA de Seguros" deberá ajustarse a las normas vigentes al momento del efectivo pago.
- La Cámara consideró probada la responsabilidad de los demandados y descartó que la falta de uso del cinturón de seguridad por parte de la víctima sea la causa eficiente del desenlace fatal. Tampoco encontró elementos que permitan concluir que dicha omisión agravó las consecuencias del accidente.
- En cuanto a los montos, la Cámara ponderó las características personales de las actoras y las conclusiones de las pericias psicológicas que determinaron la existencia de un daño psicológico encuadrable en la figura de trastorno por estrés postraumático.
- Respecto al límite de cobertura, la Cámara consideró que debe ajustarse a las normas vigentes al momento del efectivo pago, a fin de evitar un resultado contrario a la buena fe y un enriquecimiento indebido de la aseguradora.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: