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PISANU FEDERICO C/ ASOCIART ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El actor promovió acción de fijación de honorarios extrajudiciales contra ASOCIART ART S.A. El Tribunal tuvo por desistida la acción, impuso las costas al accionante e intimó al Dr. Federico Pisanú a acreditar el pago de $2.090 por tasa de justicia y $104,50 por la contribución del 5%.

Fijacion de honorarios extrajudiciales Desistimiento Costas Tasa de justicia $2.090 Contribucion 5% $104 50 Cpcc art. 304 Ley 15.057 art. 24 y 89 Lct art. 277 Intimacion y sanciones procesales Oficina pericial departamental

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Dr. Federico Pisanú. Demandado: ASOCIART ART S.A. Objeto: Acción de fijación de honorarios extrajudiciales. Decisión: Se tuvo por desistida la acción promovida por el Dr. Federico Pisanú contra ASOCIART ART S.A.; se impusieron las costas al accionante; se intimó al actor para que acredite el pago de $2.090 (tasa de justicia) y $104,50 (contribución del 5%) en el plazo de cinco días bajo apercibimiento de remitir los antecedentes a la Oficina Pericial Departamental y comunicar la circunstancia a la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "Que mediante presentación de fecha 7/7/2026, el Dr. Federico Pisanu, manifestó su voluntad de desistir de la acción en los presentes actuados." "Ello así, surge que se observa lo dispuesto por el art. 304 del C.P.C.C., aplicable por reenvío del art. 89 de la ley 15.057; por lo que cabe tener por desistida a la parte actora de la acción contra ASOCIART ART S.A (arts. 12 de la ley 15.057 y 277 LCT)." "En mérito a lo dispuesto por el artículo 24 de la ley 15.057, las costas deberán ser soportadas por el accionante." Bloque dispositivo final (texto literal): "I.
- Tener al Dr. Federico Pisanu por desistido de la acción contra ASOCIART ART SA ( Arts. 304 del CPCC y 12 y 89 de la ley 15.057).- II.
- Imponer las costas al accionante (art. 24, Ley 15.057).- III.
- Intimar al Dr. Federico Pisanú para que dentro de cinco días acredite en autos el pago de PESOS DOS MIL NOVENTA -$2090
- en concepto de tasa de justicia y de PESOS CIENTO CUATRO CON 50/100 CTVOS. -$104,50
- correspondiente a la contribución del 5% sobre la tasa de justicia ... bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de remitirse los antecedentes, a los fines que correspondan, a la Oficina Pericial Departamental ... y comunicar tal circunstancia a la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.-"

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