MURQUIA MARIA LUJAN C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La actora solicitó regulación de honorarios por actuación profesional en expediente administrativo de la S.R.T. que concluyó con homologación de un acuerdo. El Tribunal hizo lugar y reguló 12,13 JUS para la Dra. María Luján Murquia (con aportes e IVA si corresponde), imponiendo el pago al Fisco provincial en 10 días de firmeza.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La Dra. María Luján Murquia, con patrocinio del Dr. Bruno Zelenay.
Demandado: Fisco de la Provincia de Buenos Aires (empleador autoasegurado).
Objeto: Regulación de honorarios profesionales por la actuación letrada en el Expediente Administrativo N° 73891/24 (S.R.T.), que finalizó con homologación de un acuerdo por prestaciones dinerarias.
Decisión: Se hizo lugar a la petición y se regularon los honorarios de la Dra. Murquia en la suma equivalente a 12,13 JUS arancelarios, con más aportes de ley e IVA si correspondiera; el Fisco deberá pagar en el plazo de diez días de quedar firme el auto regulatorio. Se impusieron costas al Fisco y se regularon además 7 JUS para el Dr. Bruno Zelenay por la labor judicial en autos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales, 2-3 párrafos relevantes y citas):
"De los antecedentes del caso se colige que en función de la conciliación referida (celebrada y homologada ante la S.R.T. el día 11/07/2024) el Fisco debió abonar a la Sra. Taday la suma de $4.228.683,53. Por ende, al tratarse de un asunto que posee contenido económico, se torna aplicable la escala legal prevista por el art. 21 de la norma arancelaria (del 10 al 25%), con una reducción del 25% (conf. art. 44.b Ley 14967), por lo que el mínimo rector seria de 7,5% y el máximo estaría dado en un 18,75%." (voto Dr. Yannibelli)
"En aquellos casos en que la homologación establece una cuantía determinada este Tribunal tiene como criterio mayoritario fijar 13,12% de honorarios, de conformidad al criterio adoptado en la Sentencia dictada en fecha 28/02/2025 en los autos 'LA MENZA GASTÓN ANTONIO C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ EJECUCION DE HONORARIOS'.
- EXPTE. Nº TL-3530-2024, en trámite por ante éste Tribunal, al que me remito ... propongo aplicar al caso y mantener el criterio ya fijado como pauta mínima de regulación el 13,12% del capital los que serán convertidos a valor ius vigente al momento de la notificación de la homologación." (voto Dra. Baldoni)
Pronunciamiento final del Tribunal (bloque dispositivo):
"I.
- HACER LUGAR al pedido formulado por la Dra. MARIA LUJAN MURQUIA y REGULAR sus honorarios profesionales ... en la suma equivalente en pesos a 12,13 JUS ARANCELARIOS (conf. arts. 44 ult. parr. de la Ley 14.967), con más los aportes de ley (conf. inc. 'a' art. 12 Ley 6176) y el I.V.A., ...; todo lo cual deberá ser abonado por la demandada ... en el plazo de diez (10) días de quedar firme el presente decisorio (conf. art. 54 Ley 14.967)." (Fallo)
Citas textuales relevantes:
- "Por ende, el resultado obtenido por el cliente no es el parámetro que permite calificar el trabajo del abogado como 'inoficioso', sino que ello dependerá de la índole de la tarea desempeñada..." (voto Dr. Yannibelli).
- "La obligada al pago de tales estipendios resulta ser la demandada, dada la obligación legal que le impone a la misma el último párrafo del artículo 1 de la Ley 27.348." (voto Dra. Baldoni).
- Votos y mayoría: El voto decisorio final fue emitido por el Dr. Yannibelli y fue adherido por las Dres. Baldoni y Rodríguez; la solución favorable a la actora fue la adoptada por mayoría y plasmada en el bloque dispositivo.
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