CARDOZO, ANA MARIA c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Acción declarativa de inconstitucionalidad contra retenciones del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales. El Juzgado Federal admitió el allanamiento de la Agencia, declaró inconstitucionales las normas impugnadas y ordenó que no se practiquen descuentos por impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional y que se restituyan las retenciones de los últimos cinco años con intereses.
¿Quién es el actor?
CARDOZO, ANA MARIA (parte actora con representación letrada).
¿A quién se demanda?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), actora anteriormente AFIP.
- Objeto de la demanda: Se solicitó declarar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de diversos artículos de la Ley del Impuesto a las Ganancias en tanto permiten retener impuesto sobre haberes previsionales; se pidió la abstención de futuros descuentos y la devolución de las sumas retenidas con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Admitido el allanamiento formulado por la demandada, se hizo lugar a la demanda, se declaró la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas y se ordenó a la demandada que se abstenga de descontar impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto; asimismo, deberá restituir las retenciones practicadas en los últimos cinco (5) años previos a la interposición de la demanda o del reclamo administrativo, aplicarles el interés de la tasa pasiva promedio publicada por el BCRA desde que cada suma fue retenida, y en 10 días hábiles de quedar firme presentar la liquidación para iniciar el trámite presupuestario del reintegro. Se impusieron las costas en el orden causado y se regularon honorarios de 10 UMA para la parte actora.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"1) Que el allanamiento es uno de los modos anormales de culminación del proceso, contemplado por el art. 307 del ordenamiento ritual, que consiste en el reconocimiento de las pretensiones de la contraria, pudiendo realizarse el mismo en cualquier momento anterior a la sentencia... De los términos de la presentación realizada por la accionada, surge que dicha parte se ha allanado en forma real, incondicionada, oportuna y total a la pretensión de la parte actora, por lo que corresponde admitir el allanamiento formulado."
"Efectuadas dichas precisiones, y atento al reclamo formulado por la parte actora en el escrito de demanda, corresponde admitir el allanamiento planteado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a la pretensión formulada por la parte actora y en consecuencia hacer lugar a la demanda entablada por el/la actora en su contra. Declarar la inconstitucionalidad de la/s normas cuestionada/s en la demanda, y ordenar a ésta se abstenga de descontar al/a la actor/a suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional, hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto, conforme fuera decidido en el precedente 'García' de la CSJN."
"Asimismo, deberá restituir los montos que se hubieran retenido por aplicación del impuesto a las ganancias, desde lo cinco (5) años previos a la fecha de interposición de la demanda o del reclamo administrativo, si éste se hubiese presentado... A las sumas cuyo reintegro se ordena deberá aplicarse el interés de la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el Banco Central de la República Argentina, desde que cada suma fue retenida..."
- Disidencias: No registradas; la decisión se adoptó por sentencia dictada en primera instancia tras allanamiento de la demandada.
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