ALCARAZ PEREYRA, EZEQUIEL JOAQUIN C/ CASARES ALAN JOEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)2020
Demanda por daños y perjuicios automovilísticos con convenio transaccional por $10.000.000; el Tribunal homologó el acuerdo y reguló honorarios y peritajes. Se regulan honorarios a los letrados de la parte actora ($750.000 cada uno y $1.000.000 al apoderado de la citada en garantía) y se fijan honorarios periciales por un total de $400.000, con apercibimiento y plazo de pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ezequiel Joaquín Alcaraz Pereyra, representado por sus progenitores Estefania Alejandra Alcaraz y Juan Alberto Pereyra.
Demandado: Casares Alan Joel y, en garantía, Caja de Seguros S.A.
Objeto: Reclamo por daños y perjuicios automovilísticos con convenio transaccional alcanzado por la suma acordada entre las partes de $10.000.000 (pesos DIEZ MILLONES). También se resolvió cuestión relativa a costas de la citada en garantía.
Decisión: Se homologó el acuerdo transaccional presentado el 13/7/2026; se regulan honorarios profesionales conforme a la Ley Provincial 14.967 y se fijan honorarios periciales; se intimó al obligado al pago de tasa de justicia y contribución. Plazo de diez días para el pago de los peritos; diez días para que quede firme el auto regulatorio; intimación de tasa de justicia ($176.000) y contribución ($17.600) bajo apercibimiento de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
"En virtud de lo solicitado y lo normado por el art. 309 del CPCC, homologase lo acordado por las partes en el escrito del dia 13/7/2026 15:43:49.
- Costas a la citada en garantía Caja de Seguros SA., conforme a lo pactado (art. 68 del CPCC)."
"La aplicación temporal del citado plexo normativo debe ser interpretado a la luz de los preceptos del art. 7 CCyC en cuanto establece 'A partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplicarán a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes.
- Las leyes no tienen efecto retroactivo, sean o no de orden público, excepto disposición en contrario'.
- En refuerzo de la irretroactividad en la aplicación de la nueva ley arancelaria observo que el Poder Ejecutivo Provincial vetó el art. 61 de la Ley Provincial 14.967 ... lo que reafirma la hipótesis de su inaplicabilidad retroactiva."
"Entonces, la regla general ... sería la aplicación inmediata de las nuevas normas arancelarias."
"teniendo en cuenta que la nueva norma dispone en el art. 1 'los honorarios de abogados y procuradores devengados en juicios, gestiones administrativas, actuaciones extrajudiciales y trámites de mediación.', importa adoptar como criterio de aplicación el tiempo en que se realizó la tarea profesional..."
"habíéndose devengado el honorario profesional durante la vigencia de la nueva ley, teniendo en cuenta que el monto de lo acordado por las partes en acuerdo transaccional resulta de $ 10.000.000 (pesos DIEZ MILLONES), así la importancia de las tareas profesionales realizadas, el valor y mérito de la actividad desarrollada, el resultado obtenido, tiempo empleado en el proceso y la condición económico-social de las partes, Resuelvo: Regular los honorarios de los profesionales intervinientes, conforme el siguiente detalle: ... en la suma $ 750.000 ... y ... $ 1.000.000 ... En todos los casos, con mas el aporte legal e IVA, si correspondiere."
"Regularse los honorarios del perito Ingeniero Mecánico Alejandro Martin Geymonat ... en la suma de $ 100.000 ... al perito médico ... Pablo Oscar Gatti ... en la suma de $ 100.000 ... y al perito especialista en Psicología Clínica Ivanoff Marinoff Nadia Alejandra ... en la suma de $ 200.000 ...; los que deberán ser abonados dentro de los diez días de notificada la providencia que lo regule en definitiva, plazo pasado el cual se considerará configurada la mora a su respecto."
- Votos y mayoría: Se trata de providencia de un Juez de Tribunal de Primera Instancia; el bloque dispositivo final (transcripto) constituye la resolución del Tribunal.
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