MENEGUZZI DARIO FRANCO ALDO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Solicitud de transferencia de fondos de cuenta judicial en causa sucesoria y regulación de honorarios. El Tribunal dispuso la transferencia por $1.587.655,34, en partes iguales a las co-herederas Daniela Cecilia Meneguzzi y Alejandra Yanina Meneguzzi, y reguló honorarios a favor de la Dra. Alejandra Gladis Noemí Fresca conforme a la ley aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: No consta actor formalmente identificado en la providencia.
Demandado: No consta demandado formalmente identificado en la providencia.
Objeto: Solicitud de transferencia de saldo de cuenta judicial correspondiente a la masa hereditaria y cumplimiento de la regulación de honorarios conforme a la ley 6716.
Decisión: Dispuso la transferencia de la suma total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 34/100 ($1.587.655,34) depositada en la cuenta judicial 5120-6169541, discriminando $793.827,67 a favor de Daniela Cecilia Meneguzzi y $793.827,67 a favor de Alejandra Yanina Meneguzzi; libró oficios electrónicos a tal fin; dejó regulados los honorarios de la Dra. Alejandra Gladis Noemí Fresca conforme arts. 21 y 22 de la ley 6716; constató la exención de pago de la tasa de justicia por el origen de los fondos (343 inc. 2 del Código Fiscal).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Conforme lo pedido y estado de autos, procédase a la transferencia de la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 34/100 ($1.587.655,34), discriminados de la siguiente manera:
1.-) A favor de la co-heredera -DANIELA CECILIA MENEGUZZI-: PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON 67/100 ($793.827,67) ... a la cuenta bancaria ... de TITULARIDAD DE DANIELA CECILIA MENEGUZZI...
2.-) A favor de la co-heredera -ALEJANDRA YANINA MENEGUZZI-: PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON 67/100 ($793.827,67) ... a la cuenta bancaria ... DE TITULARIDAD DE ALEJANDRA YANINA MENEGUZZI..."
"A fin de dar cumplimiento con lo normado por los arts. 21 y 22 de la ley 6716, en atención al monto denunciado en la presentación en vista, encontrándose los mismos dentro de la escala legal, tieneselos presente respecto de la Dra. Alejandra Gladis Noemi FRESCA (T°II F°203 CALM) por sus trabajos efectuados en las tres etapas del proceso, todas ellas a cargo de la masa hereditaria (arts. 1, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 22, 24, 27, 28, 35, 51, 54 Ley 14.967)."
"Asimismo, deja constancia que la presente se encuentra exceptuada del pago de la tas de justicia, en virtud del origen de los fondos 343 inc. 2 del Cod. Fiscal."
Además, se dejó constancia de la base regulatoria adoptada: "Se deja constancia que se ha tomado como base regulatoria la suma de $ 1.587.655,34 (conf. Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Departamental Sala II causa 1876/2 caratulada 'DEMONTE DE SOUZA, FRANCISCA Y OTROS S/SUCESION AB INTESTATO' R.H. Nº 62/2010 del 28/09/10)."
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