TOGNOLI SONIA LORENA C/ ZALAZAR ERIC GONZALO S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS
Incidente de ejecución de honorarios promovido en autos de alimentos. El Tribunal se inhibe de entender y ordena remitir electrónicamente las actuaciones al Juzgado de Familia N° 1 de Campana, por ser aquel el juzgado interviniente en las actuaciones principales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: TOGNOLI SONIA LORENA.
Demandado: ZALAZAR ERIC GONZALO.
Objeto: Incidente de ejecución de honorarios vinculado a las actuaciones principales caratuladas "VILABOA ABIGAIL MARIBEL C/ ZALAZAR ERIC GONZALO S/ ALIMENTOS" (Expte Nº 59453).
Decisión: El Tribunal tuvo por presentada la petición, requirió informe de la Secretaría de Planificación (INFOREC) y, constatado que el juzgado interviniente en las actuaciones principales es el Juzgado de Familia N° 1 de Campana, se inhibió de entender en el incidente y remitió electrónicamente las actuaciones al referido Juzgado de Familia N° 1 de Campana.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del decisorio):
"Tiénese a la peticionante, por presentada, por parte con domicilio legal constituido."
"Previo a todo trámite, expídase informe de la Secretaría de Planificación INFOREC
- por cuanto no se denuncia la dependencia donde tramitaran las actuaciones principales."
"Puesta la Suscripta a un análisis de estos actuados y atento que surge que el Juzgado interviniente en las actuaciones principales caratuladas 'VILABOA ABIGAIL MARIBEL C/ ZALAZAR ERIC GONZALO S/ ALIMENTOS' (Expte Nº: 59453) es el JUZGADO DE FAMILIA N° 1 DE CAMPANA, me inhibo de entender en los presentes, lo que así, Decido. (art. 4 y 6 inc. 1 del CPCC). REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE en forma automatizada."
"En consecuencia, remítanse electrónicamente las actuaciones al Juzgado referido; previo anoticiamiento a la Receptoría General de Expedientes Departamental en forma automatizada."
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